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28 NORMAS LEGALES Jueves 7 de febrero de 2019 / El Peruano Presupuesto, por el que concluye procedente aprobar una transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 79 204 878,60 (SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 60/100 SOLES) a favor de la O fi cina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (Unops) e informa que se cuenta con disponibilidad presupuestal necesaria en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el año fi scal 2019, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fiscal 2019, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Décima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley No 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, para el año fi scal 2019, a favor de la O fi cina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (Unops), hasta por la suma de S/ 79 204 878,60 (SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 60/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para atender la ejecución del convenio de administración de recursos “Servicios de Implementación de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos 2019”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto asignado al pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 013: Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades, Genérica de Gasto 5-2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera aprobada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Proyecto Especial para la preparación y desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos 2019 y Sextos Juegos Parapanamericanos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1739004-2Aprueban la “Modificación de la conceptualización y definición de los Indicadores de Brechas de Infraestructura y la Inclusión de nuevos Indicadores de Brechas de Infraestructura del Sector Transportes y Comunicaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2019 MTC/01 Lima, 6 de febrero de 2019VISTO: El Memorándum No 249-2019-MTC/09 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, según los artículos 4 y 7 de la Ley No 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva, entre otras, en materia de infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional; y, en el marco de sus competencias compartidas cumple, entre otras, la función de planear, regular, gestionar, ejecutar, supervisar y evaluar la infraestructura vial; Que, conforme al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo No 242-2018-EF, en adelante, el TUO del Decreto Legislativo No 1252, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se crea con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el párrafo 5.3 del artículo 5 del TUO del Decreto Legislativo No 1252, dispone que el Ministro o la más alta autoridad ejecutiva del Sector, en su calidad de Órgano Resolutivo, presenta al Ministerio de Economía y Finanzas el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, conforme a lo establecido en la Directiva correspondiente a la Programación Multianual, los procedimientos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones establecidos en el Reglamento y sus normas complementarias; y que las modi fi caciones a las metas e indicadores contenidos en el Programa Multianual de Inversiones Sectorial, se realizan siguiendo el mismo procedimiento establecido para su aprobación; Que, el numeral 9.2, el artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, dispone, que el Organo Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales de fi nidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales. Estos indicadores y criterios son aprobados anualmente y se publican en el portal institucional de la entidad; Que, por Memorándum No 249-2019-MTC/09 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 019-2019-MTC/09.02, por el cual la O fi cina de Inversiones, en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) sustenta y propone la “Modi fi cación de la conceptualización y de fi nición Indicadores Brecha y la inclusión de nuevos indicadores brecha del Sector Transportes y Comunicaciones”, elaborados en coordinación con las Unidades Formuladoras (UF) y Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector Transporte y Comunicaciones; los cuales han sido revisados por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMI), en el plazo establecido en el Anexo Nº 06: Plazos para la Fase de Programación Multianual de Inversiones, de la Directiva General del