Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de febrero de 2019 /

El Peruano

Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Renzo Martín PÉREZ Bejares, CIP. 00023826, DNI. 70369159, para que participe en el Curso Aplicación, Orientación "SEGURIDAD DE COSTAS" Ciclo Lectivo 2019, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 1 de marzo al 5 de diciembre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 28 de febrero y su retorno el 6 de diciembre del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima­Buenos Aires (República Argentina)­Lima US$. 1,478.68 US$. 1,478.68 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 4,926.36 x 9 meses (marzo­noviembre 2019) US$. 44,337.24 US$. 4,926.36 / 31 x 5 días (diciembre 2019) US$. 794.57 Gastos de Traslado: (equipaje, bagaje e instalación) US$. 4,926.36 x 2 compensaciones TOTAL A PAGAR: US$. 9,852.72 ---------------------US$. 56,463.21

Artículo 7.- El mencionado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8.- El citado Oficial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1745069-1

Autorizan viaje de Técnico Supervisor Mayor FAP a EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0231-2019 DE/FAPLima, 26 de febrero de 2019 Vistos, el Oficio Nº 031/MAAG/AFSEC de fecha 16 de enero de 2019 del Jefe de la Sección Fuerza Aérea del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar, el Oficio NC-19EMAI-Nº 0207 de fecha 24 de enero de 2019 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y el Oficio NC-50-DEPE-N° 0137 de fecha 01 de febrero de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 031/MAAG/AFSEC de fecha 16 de enero de 2019, el Jefe de la Sección Fuerza Aérea del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar, remite la carta de invitación del Técnico Supervisor USAF, a efectos que un (01) Técnico Supervisor de la Fuerza Aérea del Perú participe en el Curso Anual de Orientación (COC) para Técnicos Supervisores de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, a realizarse en la Extensión de Fuerza Aérea de Gunter Annex, ciudad de Montgomery, estado de Alabama ­ Estados Unidos de América, del 04 al 08 de marzo de 2019; Que, mediante el Oficio NC-19-EMAI-Nº 0207 de fecha 28 de enero de 2019, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú, comunica al Jefe de la Sección Fuerza Aérea del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar, la asistencia del Técnico Supervisor Mayor FAP ORLANDO SAAVEDRA VASQUEZ, para que participe en el "Curso Anual de Orientación (COC), a realizarse en el Gunter Anexo, Ciudad de Montgomery, Estado de Alabama ­ Estados Unidos de América, del 04 al 08 de marzo de 2019; Que, mediante el Oficio NC-50-DEPE-N° 0137 de fecha 01 de febrero de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico Supervisor Mayor FAP ORLANDO SAAVEDRA VASQUEZ, para participar en el Curso Anual de Orientación (COC), a realizarse en Gunter Anexo, Ciudad de Montgomery, Estado de Alabama ­ Estados Unidos de América, del 04 al 08 de marzo de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-DEPE-N° 0137 de fecha 01 de febrero de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico Supervisor Mayor FAP ORLANDO SAAVEDRA VASQUEZ, por cuanto permitirá ampliar la capacidad de liderazgo estratégico requerido en todos los niveles de la organización otorgándole un valor agregado que repercutirá en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú;

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los Literales a), b) o c) del Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del Numeral 2.1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6.- El Oficial Subalterno designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

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