Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 28 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0018DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 04 de febrero de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Misión de Estudios que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento, pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619­Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Técnico Supervisor Mayor FAP ORLANDO SAAVEDRA VASQUEZ, para participar en el "Curso Anual de Orientación (COC) para Técnicos Supervisores de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos" a realizarse en Gunter Annex, ubicada en la Ciudad de Montgomery, Estado de Alabama ­ Estados Unidos de América, del 04 al 08 de marzo de 2019; así como autorizar su salida el 03 de marzo de 2019 y retorno el 09 de marzo de 2019. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima ­ Montgomery Alabama (EE.UU)­Lima US $ 1,561.20 x 01 persona (Incluye TUUA) =US $ 1,561.20 Viáticos US$ 440.00 x 5 días x 01 persona Total a Pagar =US$ 2,200.00 -------------------=US $ 3,761.20

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefa de la Unidad Territorial Loreto - Iquitos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 039-2019-MIDIS/PNADP-DE Lima, 26 de febrero de 2019 VISTOS: El Memorando N° 000119-2019-MIDIS/PNADPDE del 26 de febrero de 2019 emitido por la Dirección Ejecutiva, el Memorando N° 000184-2019-MIDIS/PNADPURH del 26 de febrero de 2019 emitido por la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000012-2019-MIDIS/ PNADP-UPPM del 15 de enero de 2019 de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Informe N° 000085-2019-MIDIS/PNADP-UAJ del 26 de febrero de 2019 de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 062-2005PCM y el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS, se creó el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 079-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional­CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; en el cual el Cargo Estructural de Jefe de Unidad Territorial, registra la Clasificación EC y es considerado como Cargo de Confianza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 368-2018-MIDIS, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 009: "Progresa", en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, designando el Artículo 2 de la misma, a la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", como responsable de la Unidad Ejecutora, en adición a sus funciones; Que, el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2019-MIDIS, dispone que la gestión y ejecución de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social "JUNTOS", "CONTIGO" y "Pensión 65, se encuentran a cargo de la Unidad Ejecutora N° 009: "Progresa" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo el Artículo 2 dispuso que las actividades de la citada Unidad Ejecutora, se realicen a través de la actual estructura organizacional y funcional del Programa "JUNTOS"; Que, mediante el Memorando N° 000119-2019-MIDIS/ PNADP-DE del 26 de febrero de 2019, la Dirección Ejecutiva solicita se formalice la designación del puesto de Jefe/a de la Unidad Territorial Loreto­Iquitos; Que, mediante el Memorando N° 000184-2019-MIDIS/ PNADP-URH del 26 de febrero de 2019, la Unidad de Recursos Humanos, luego de las verificaciones respectivas, considera válida la propuesta efectuada por la Dirección Ejecutiva en cuanto a la designación de la Jefa de la Unidad Territorial Loreto­Iquitos; Que, mediante el Informe N° 000012-2019-MIDIS/ PNADP-UPPM del 15 de enero de 2019, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha señalado que los recursos de CAS de la Sede Central han considerado el monto total de las plazas vacantes, en proceso de convocatoria y cargos de confianza pendientes de designación;

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1745070-1

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