Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2019 (01/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 1 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Alférez de Fragata José Jesús MORA Cacho, CIP. 01173479, DNI. 70454603, para que participe en el Crucero de Instrucción de Cadetes a bordo del Buque Escuela ARC "GLORIA" de la Armada de Colombia, debiendo presentarse y embarcarse en el mencionado buque, en el Puerto de Cartagena de Indias, República de Colombia el 1 de junio del 2019 y de acuerdo con el itinerario previsto deberá zarpar del mismo el 7 de junio del 2019, con escala en los Puertos de Boston, Estados Unidos de América; Saint-Malo, República Francesa; Klaipda, República de Lituania; Karlskrona, Reino de Suecia; Rostock, República Federal de Alemania; La Haya, Reino de los Países Bajos; Liverpool, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Casablanca, Reino de Marruecos, arribando al Puerto de Cartagena de Indias, República de Colombia el 18 de octubre del 2019, desembarcando de este último el 20 de octubre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 31 de mayo y su retorno el 21 de octubre del 2019, con permanencia en puerto extranjero por un período total de treinta y tres (33) días. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$. 1,100.00 US$. 1,100.00 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (18 días): US$. 74.86 x 8 días x 1 Oficial Subalterno - Cartagena (Colombia) US$. 74.86 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - Boston (EE.UU.) US$. 68.97 x 2 días x 1 Oficial Subalterno - Klaipda (Lituania) US$. 83.27 x 5 días x 1 Oficial Subalterno - Karlskrona (Suecia) TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (12 días): 64.13 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - Saint-Malo (Francia) 55.71 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - Rostock (Alemania) 59.59 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - La Haya (Holanda) 51.17 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - Casablanca (Marruecos) TOTAL A PAGAR EN EUROS: Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (3 días): £ 59.19 x 3 días x 1 Oficial Subalterno - Liverpool (Reino Unido) TOTAL A PAGAR EN LIBRAS ESTERLINAS:

deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- El mencionado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 6.- El citado Oficial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1774828-1

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Alemania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0672-2019 DE/MGP Lima, 28 de mayo de 2019 Vista, la Carta G.500-2677 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 28 de mayo del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Oficio V.100-013 de fecha 28 de enero del 2019, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y en la República Checa ha remitido al Secretario del Comandante General de la Marina, la Carta S/N del Jefe de la Sección de Cooperación Internacional del Comando de la Marina Alemana, de fecha 15 de enero del 2019, mediante la cual cursa invitación a dicha Agregaduría de Defensa, para que una delegación de la Marina de Guerra del Perú, realice una visita al Centro de Instrucción para Submarinos, en la Ciudad de Eckernförde y al Centro de Instrucción de Operaciones de Control de Averías, en la Ciudad de Neustadt, República Federal de Alemania, del 3 al 6 de junio del 2019; Que, con Oficio P.200-839 de fecha 24 de mayo del 2019, el Comandante General de Operaciones del Pacífico propone al Capitán de Corbeta Carlos Augusto APUMAYTA Rigacci y al Teniente Primero Diego Carlos ROJAS Aspiazu, para que participen en la mencionada visita; lo que permitirá conocer los centros de entrenamiento con que cuenta la Armada Alemana y su posible aplicación en la Marina de Guerra del Perú, incrementando de esta manera los conocimientos y preparación del submarinista peruano; Que, conforme a lo indicado en el Párrafo 4 del oficio mencionado en el primer considerando, los gastos por concepto de hospedaje, alimentación y pasajes terrestres, serán cubiertos por la República Federal de Alemania; por lo que corresponde al Estado Peruano cubrir los gastos de pasajes aéreos internacionales; Que, de acuerdo con el Documento Nº 078-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, el gasto por concepto de pasajes aéreos internacionales, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el Inciso a) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever

US$. 598.88 US$. 224.58 US$. 137.94 US$. 416.35 -----------------US$. 2,477.75

192.39 167.13 178.77 153.51 ----------------- 691.80

£ 177.57 -----------------£ 177.57

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Subalterno comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo

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