Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2019 (07/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 7 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- Los límites geográficos de los órganos jurisdiccionales materia de creación son los aparecen descritos en los informes del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1776870-2

acceso a los servicios del sistema judicial, y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones; resulta procedente la propuesta presentada. En consecuencia; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, de conformidad con el informe de la señora Consejera Tello Gilardi; y en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Seccha; con competencia en el Centro Poblado Seccha (sede); los Caseríos Pochgoj, Carhuacasha, Quishuar, Ojshash; y, los Barrios Batán, Cruz Ragra y Turuna, Distrito de Lucma, Provincia de Mariscal Luzuriaga, Región y Distrito Judicial de Ancash. Artículo Segundo.- Los límites geográficos de los órganos jurisdiccionales materia de creación son los aparecen descritos en los informes del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Ancash, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1776870-3

Crean Juzgado de Paz del Centro Poblado Seccha, en la Región y Distrito Judicial de Ancash
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 057-2019-P-CE-PJ Lima, 5 de junio de 2019 VISTO: El Oficio N° 316-2019-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, respecto a la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Seccha, Distrito de Lucma, Provincia de Mariscal Luzuriaga, Región y Distrito Judicial de Ancash. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el oficio cursado por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena mediante el cual hace de conocimiento que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash, propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Seccha, Distrito de Lucma, Provincia de Mariscal Luzuriaga, Región de Ancash. Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como brindar un servicio de justicia en forma rápida y eficaz. Por lo que, encontrándose acreditado que la población de las referidas localidades requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográfica, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ del 23 de octubre de 2010, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Segunda Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 306-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 5 de junio del 2019 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón que antecede se pone a conocimiento de la Presidencia que el doctor Jesús Manuel Soller Rodríguez, Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Civil Permanente de Lima se encuentra con descanso médico por el periodo del 05 al 14 de junio del presente año, motivo por el cual solicita licencia con goce de haber por motivos de salud por el referido periodo. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Civil Permanente de Lima, proceder a la designación del magistrado conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

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