Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2019 (14/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 14 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego. La resolución del titular del pliego, se publica en el diario Oficial El Peruano (...)"; Que, con fecha 30 de octubre del 2018, se suscribió el Convenio Específico N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud, el Seguro Integral de Salud y la Fuerza Aérea del Perú, con el objeto de establecer los mecanismos de cooperación interinstitucional entre las partes de acuerdo con sus respectivas competencias que permitan implementar y ejecutar estrategias conjuntas y acciones de colaboración mutua con la finalidad de realizar el transporte aéreo a los asegurados del SIS en condición de emergencia Prioridad I; Que, mediante acápite 5.2.1 del numeral 5.2 de la cláusula quinta del citado Convenio Específico, las partes acordaron como compromiso del SIS el realizar la transferencia financiera prospectiva de recursos para cubrir los gastos de transporte aéreo en que incurra la Fuerza Área del Perú - FAP en el traslado de los asegurados del SIS en condición de emergencia Prioridad I acorde a lo previsto en el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163 y a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372; Que, según lo establecido en el numeral 6.3 de la Cláusula Sexta del Convenio Específico N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP, el SIS para las posteriores transferencias, que permitan a la Fuerza Aérea del Perú asumir los compromisos del convenio celebrado, estará sujeto a la liquidación de las horas de vuelo utilizadas en los traslados de Emergencia brindados por FAP, previa verificación y que la FAP haya liquidado como mínimo el 80% de los recursos de la transferencia inmediata anterior realizadas; Que, mediante Oficio Múltiple N° 02058-2019-MINDEF/ SG la Secretaria General del Ministerio de Defensa, comunica a la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros que el pliego del Ministerio de Defensa ha emitido un informe técnico en el que concluye, que el MINDEF ha excedido el monto máximo establecido por D.S N° 047-2019-PCM destinado a las acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas para el año fiscal 2019; Que, mediante Oficio N° 02557-2019-MINDEF/SG, el Ministerio de Defensa comunica la deuda por concepto de Vuelos de Apoyo brindado por las Fuerzas Armadas Año Fiscal 2019, adjuntando el Oficio N° D001522-2019-PCMSG, informando sobre la superación del monto máximo destinado a las acciones de apoyo para el Año Fiscal 2019; Que, mediante Nota Informativa N° 118-2019-SIS-GA del 30-04-2019, la Gerencia del Asegurado informó que, hasta el 12 de marzo de 2019, se realizaron un total de ciento cuatro (104) vuelos para el traslado de pacientes en situación de Emergencia Prioridad I; asimismo en el marco del Convenio Específico Nº 015-2018-MINSA/ SIS/FAP realizó la coordinación y verificación de los 104 vuelos realizados por la FAP; Que, mediante Oficio Nº 0320-2019-OGPPMOP/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, sobre la base del Oficio Múltiple Nº 00248-2019-MINDEF/SG, comunica que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el D.S. N° 047-2019-PCM: asimismo comunica que las entidades del Gobierno Nacional, cuentan con el marco legal para efectuar trasferencias financieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa, para las solicitudes de apoyo requeridas a las Fuerzas Armadas en el Año Fiscal 2019; Que, conforme a lo señalado en el numeral 5.2.1 de la cláusula quinta del precitado convenio específico, la Gerencia de Negocios y Financiamiento a través del Informe Nº 004-2019-SIS/GNF-SGRF/ VMMG con Provenido Nº 331-2019-SIS/GNF recomienda que por acto resolutivo se continúe con el proceso de liquidación del Convenio Específico N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP; Que, mediante Informe Nº 005-2019-SIS/GNF-SGRF/ VMMG con proveído Nº 360-2019-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, formaliza la liquidación de noventa y nueve (99) vuelos de un total de ciento cuatro

(104), realizados entre en el pedido del 31-10-2018 al 1203-2019 siendo el monto de ejecución de S/ 2 522,168.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTE DOS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES) equivalente a un avance de ejecución del 83% sobre la primera trasferencia realizada de manera prospectiva en el marco del Convenio Específico N° 015-2018-MINSA/ SIS/FAP, para el trasporte aéreo a los asegurados del SIS en condición de emergencia Prioridad I; Que, mediante Informe N° 289-2019-SIS/OGAJ/ DE con Proveído N° 289-2019-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos de línea técnicos, considera que se ha cumplido con la formalidad para emitir la Resolución Jefatural que aprueba la transferencia financiera prospectiva de recursos a favor del Pliego Presupuesta 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005-472 Fuerza Aérea del Perú, para cubrir los gastos de transporte aéreo en que incurra la FAP en el traslado de los asegurados del SIS en condición de emergencia Prioridad I, en el marco del citado Convenio Específico; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica (e); y, de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 2 522,168.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES) con cargo a la Fuente 00: Recursos Ordinarios a favor del Pliego Presupuestario 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005-472- Fuerza Aérea del Perú, para cubrir los gastos de transporte aéreo en que incurra la Fuerza Aérea del Perú en el traslado de los asegurados del Seguro Integral de Salud en condiciones de emergencia Prioridad I, en el marco del Convenio Específico N° 015-2018-MINSA/SIS/FAP "Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud, el Seguro Integral de Salud y la Fuerza Aérea del Perú". Artículo 2.- Disponer que los recursos transferidos al que hace referencia el artículo 1º de la presente Resolución Jefatural, se incorporen en el Programa, Producto y Actividad presupuestaria 9002 asignaciones presupuestarias que no resultan en productos 3.999999. SIN PRODUCTO 5.002179. PRESTACIONES ADMINISTRATIVAS SUBSIDIADAS / NO TARIFADO y se utilicen única y exclusivamente para los fines del acotado convenio específico: combustible, lubricantes, equipo de apoyo en tierra, mantenimiento mayor y mantenimiento menor. Artículo 3.- Precisar que los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural deberán cubrir los gastos de transporte aéreo en que incurra la FAP en el traslado de los asegurados del SIS en condición de emergencia Prioridad I y no podrán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad que recibe la transferencia, para fines distintos para los cuales han sido autorizados. Artículo 4.- La Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del Seguro Integral de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la transferencia que se aprueba a través de la presente Resolución Jefatural, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria

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