TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Domingo 16 de junio de 2019 El Peruano / Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora EjecutivaPrograma Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1779583-1 RELACIONES EXTERIORES Designan representantes titular y alterno del Ministerio para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú - Bolivia, así como sus actividades y eventos conexos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0423/RE-2019 Lima, 14 de junio de 2019VISTA:La Resolución Suprema N° 100-2019-RE, publicada el 8 de junio de 2019, que declara de interés nacional el Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia; CONSIDERANDO:Que, el Encuentro Presidencial y la V Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú – Bolivia, así como sus actividades y eventos conexos, se realizarán en las ciudades de Ilo y Moquegua, departamento de Moquegua, el 24 y 25 de junio de 2019; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a los representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia, así como sus actividades y eventos conexos; Que, el artículo 62° del Decreto Supremo N.° 130- 2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República señala que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente, entre otras dependencias, en la Cancillería, conforme a los objetivos de la política exterior; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modi fi catorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento especial de contratación para la realización en el Perú de transmisiones de mando supremo y de cumbres internacionales declaradas de interés nacional, y sus eventos conexos, que cuenten con la participación de Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, Altos Dignatarios y Comisionados; la Resolución Suprema N° 100-2019-RE; y el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República, José Eduardo Zeballos Valle, Director de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante titular del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia, así como sus actividades y eventos conexos. Artículo 2.- Designar al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Diego Rodrigo Beleván Tamayo, Subdirector de Países Andinos, de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América, como representante alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores, para la realización del Encuentro Presidencial y V Gabinete Binacional de Ministros Perú-Bolivia, así como sus actividades y eventos conexos. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1779620-1 Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes y viáticos para servidores del SENASA, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación, en el marco de la ejecución de la segunda actividad de proyecto que se realizará en Costa Rica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0424/RE-2019 Lima, 14 de junio de 2019VISTO:El Memorándum (APC) N° APC00142/2019, de 31 de mayo de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y el Memorándum (DCI) N° DCI00367/2019, de 3 de junio de 2019, de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 27692 y sus normas modi fi catorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo N° 719, y sus normas modi fi catorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI fi nanciar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración; Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 establece que los gastos que se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición deberán contar