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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (16/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Domingo 16 de junio de 2019 / El Peruano de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2018-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2019-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019 MTC/01; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modi fi catorias; y la Resolución Directoral N° 3990- 2005-MTC que aprueba la Directiva N° 001-2005-MTC/15 elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar a la empresa POTENZA GAS S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, por el plazo de cinco (05) años, actividad que deberá realizar en el local ubicado en el Jr. 1 Mz 229 Sub Lote 1C Zona Industrial Antigua, distrito, provincia y departamento de Piura. Artículo 2.- La empresa POTENZA GAS S.A.C. bajo responsabilidad debe presentar a ésta Dirección, el correspondiente “Certi fi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certi fi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 15 de abril de 2020 Segunda Inspección anual del taller 15 de abril de 2021 Tercera Inspección anual del taller 15 de abril de 2022 Cuarta Inspección anual del taller 15 de abril de 2023 Quinta Inspección anual del taller 15 de abril de 2024 En caso que La Empresa autorizada no presente el correspondiente “Certi fi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3 .- La empresa POTENZA GAS S.A.C., bajo responsabilidad debe presentar a ésta Dirección la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza15 de abril de 2020 Segunda renovación o contratación de nueva póliza15 de abril de 2021 Tercera renovación o contratación de nueva póliza15 de abril de 2022 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza15 de abril de 2023 Quinta renovación o contratación de nueva póliza15 de abril de 2024 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referido a la caducidad de la autorización. Artículo 4 .- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.Artículo 5 .- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por La Empresa solicitante. Artículo 7.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el Jr. 1 Mz 229 Sub Lote 1C Zona Industrial Antigua, distrito, provincia y departamento de Piura, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Actualmente Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1777979-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje del Presidente del Poder Judicial y de juez titular supremo a España, en comisión de servicios PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 037-2019-P-CE-PJ Lima, 15 de mayo de 2019VISTOS:La Carta del señor Rector de la Universidad de Jaén, España; O fi cio Nº 3872-2019-SG-CS-PJ, cursado por el Secretario General de la Corte Suprema de Justicia de la República; O fi cio Nº 873-2019-CC/CIJ/PJ, del Director del Centro de Investigaciones Judiciales; y el O fi cio Nº 752-2019-GG-PJ, remitido por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Rector de la Universidad de Jaén, España, cursa invitación al señor Presidente del Poder Judicial para que concurra a la citada Casa de Estudios, a fi n de suscribir el nuevo convenio entre ambas instituciones; así, también, para que participe en otras actividades programadas, conjuntamente con el señor César San Martín Castro, Juez Supremo titular y Presidente de la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces del Poder Judicial, que se realizará del 17 al 21 de junio próximo. Segundo. Que este Poder del Estado tiene como política institucional la capacitación de jueces y de servidores judiciales, a fi n de mejorar, innovar y brindar un mejor servicio de administración de justicia. En tal sentido, la Comisión Nacional de Capacitación de Jueces y el Centro de Investigaciones Judiciales realizaron coordinaciones con la Escuela Judicial de Barcelona del Consejo General del Poder Judicial de España y la Universidad de Jaén, para un intercambio de experiencias, a fi n de a fi anzar y fortalecer los niveles de colaboración a efectos de contribuir en la formación especializada de jueces.