Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2019 (16/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de junio de 2019 /

El Peruano

previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de Costa Rica se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Costa Rica, adoptado el 30 de junio de 1977, con fecha de entrada en vigor el 1 de febrero de 1979; y, en el Convenio de Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Costa Rica, adoptado el 23 de marzo de 2001, con fecha de entrada en vigor el 30 de abril de 2014, a través del cual se estableció la Comisión Mixta de Cooperación Técnica Perú ­ Costa Rica, como mecanismo de coordinación, cuyas reuniones se realizan cada dos años alternadamente; Que, en la II Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica entre la República del Perú y la República de Costa Rica, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2017-2019, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Cuantificación de los ingredientes activos de los medicamentos y productos veterinarios y gestión de calidad de los parámetros de desempeño, validación de ensayos e interlaboratoriales"; Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la segunda Actividad que se llevará a cabo en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 24 al 28 de junio de 2019 y cuyas instituciones ejecutoras son el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) de la República del Perú y el Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) de la República de Costa Rica; Que, en la referida Actividad, la asistencia técnica y capacitación que brindará el SENASA - Perú contribuirá al fortalecimiento de las capacidades nacionales del SENASA - Costa Rica, para el mejoramiento de la calidad de insumos pecuarios y gestión de control de la calidad de parámetros de desempeño de medicamentos y productos veterinarios, con el propósito de prevenir, tratar y erradicar las enfermedades de los animales en la producción de alimentos, en beneficio de su población; Que, en dicha Actividad participarán la señora Ana Cecilia Ramos Moreno y el señor Daniel Eduardo Echevarría Rodríguez Sawao, ambos servidores civiles del SENASA ­ Perú, quiénes brindarán asistencia técnica y capacitación en Costa Rica, en el marco del referido Proyecto; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores, serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; Que, mediante Memorándum N° 0412-2019-APCI/ OGA, de 21 de mayo de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados; asimismo, mediante Memorándums N° 0224-2019APCI/OPP y Nº 0226-2019-APCI/OPP, de 20 y 21 de mayo de 2019, respectivamente, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI remitió las Notas N° 0000000144 y N° 0000000146, que otorga la certificación de crédito presupuestario que permitirá atender el referido gasto; Que, a su vez, mediante Informe N° 0068-2019-APCI/ DGNI, de 28 de mayo de 2019, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, emitió opinión técnica concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento a Costa Rica de los referidos servidores del SENASA - Perú; Que, asimismo, mediante Informe N° 0140-2019/ APCI-OAJ, de 29 de mayo de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI, verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directicas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI00367/2019, de 3 de junio de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General

para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, precisó que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector, relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-2010RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de la señora Ana Cecilia Ramos Moreno y el señor Daniel Eduardo Echevarría Rodríguez Sawao, ambos servidores de nacionalidad peruana del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA del Perú, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la segunda Actividad del Proyecto denominado "Cuantificación de los ingredientes activos de los medicamentos y productos veterinarios y gestión de calidad de los parámetros de desempeño, validación de ensayos e interlaboratoriales", a realizarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 24 al 28 de junio de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos Clase por día Económica US$ US$ 983.90 983.90 315.00 315.00

Nombres y Apellidos Ana Cecilia Ramos Moreno Daniel Eduardo Echevarría Rodríguez Sawao

Número de días

Total de viáticos US$ 1575.00 1575.00

5 5

Artículo 2°.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI remitirá, al Ministerio de Relaciones Exteriores, un informe detallado con posterioridad al cierre de la referida Actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1779620-2

Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes y viáticos para servidores de institución del Paraguay, quienes recibirán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de actividad que se realizará en las ciudades de Lima y Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0425/RE-2019 Lima, 14 de junio de 2019

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