Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Sábado 22 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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y Comunicaciones la publicación en el Portal de Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 1781013-1

Autorizan gastos de viaje a los EE.UU. de regidoras de la municipalidad para participar en la XXV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 428-2019/MDSM San Miguel, 7 de junio de 2019 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el memorando Nº 872-2019-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 1762019-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº 105-2019-GAF/MDSM emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, el memorando Nº 228-2019-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº 439-2019-SGLCP-GAF/MDSM emitido por la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial y el Acuerdo de Concejo Nº 031-2019/MDSM, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Institute for Public Management and Community Service trabaja con el gobierno del Condado Miami-Dade en la organización de las Conferencias Interamericanas de Alcaldes y Autoridades Locales que reune en Miami a más de 600 alcaldes, concejales y personas interesadas en temas de gobernabilidad local de América Latina y el Caribe; Que, la Conferencia se constituye como un foro para representantes de gobiernos locales, regionales y nacionales, ONGs, organismos y agencias multilaterales y todos aquellos interesados en el fortalecimiento de los gobiernos locales para compartir experiencias, información y prácticas, para discutir políticas públicas que les afectan, así como para discutir objetivos comunes que ayuden a la promoción de la descentralización y al fortalecimiento de los gobiernos locales en el hemisferio; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 031-2019/ MDSM, se consideró pertinente autorizar la participación de las Señoritas Lisanee Alexandra Paniccia Nuñuvero y Ethel Luciana Salas Castillo, regidoras de la Municipalidad Distrital de San Miguel, en la XXV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades Locales, a realizarse del 17 al 20 de junio del presente año en la ciudad de Miami- Florida­ Estados Unidos de Norteamérica, teniendo como fundamento la importancia de los temas a tratar, que por su relevancia, es indispensable que los funcionarios del sector público, adquieran conocimiento acerca de la gestión pública municipal, fortaleciendo la entrega de servicios y la equidad a nivel local; Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viajes al

exterior de servidores y funcionarios públicos, disponiendo su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; Que, mediante Ley Nº 30879, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en la cual se establecen medidas en materia de bienes y servicios; Que, el artículo 10º de la referida Ley, establece que durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 08 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, sobre el particular, mediante documento de vistos, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, remite las cotizaciones de pasajes aéreos, señalando que la misma se ha efectuado en tarifa económica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sujetándose a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, del mismo modo, refiere que el monto por concepto de viáticos se ha efectuado teniendo en cuenta la escala de viáticos establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; Que, resulta de importancia estratégica para la Municipalidad participar activamente en los eventos organizados por instituciones internacionales, aprovechando los canales de comunicación e intercambio de experiencias y conocimientos, lo que permitirá a nuestra Entidad consolidarse en el cumplimiento de sus metas institucionales; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos e inscripción en la referida Conferencia de las Regidoras Lisanee Alexandra Paniccia Nuñuvero y Ethel Luciana Salas Castillo, serán asumidos con cargo al presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, la autorización de viaje al exterior cuando irroga recursos públicos debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", según lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado mediante Ordenanza Nº 279/ MDSM, y sus modificatorias; y con las visaciones de la Secretaría General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial y la Gerencia de Asuntos Jurídicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO Pasajes aéreos Viáticos Inscripción TOTAL PARTIDA 2.3.2.1.11 2.3.2.1.12 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RUBRO 02-09 Recursos Directamente Recaudados MONTO $ 1 439.28 $ 4 400.00 $ 800.00 $ 6 639.28

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