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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (22/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 22 de junio de 2019 El Peruano / una asignación presupuestal inicial para las actividades de S/ 38,625.00 (Treinta y ocho mil seiscientos veinticinco con 00/100 soles); el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCOMENDAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial incorpore las acciones del Plan Regional contra la Trata de Personas en la Región Piura 201.- 2022 al Plan Operativo Institucional Anual del Gobierno Regional Piura. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Gerencia General Regional ordene la asignación presupuestal correspondiente a efectos de llevar a cabo las acciones establecidas en el Plan Regional contra la Trata de Personas en la Región Piura 2019 – 2022, en el marco de la normatividad vigente de lucha contra la Trata de Personas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica de la Comisión Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes de la Región Piura la coordinación, seguimiento y evaluación para la ejecución del Plan Regional contra la Trata de Personas en la Región Piura 2019 – 2022. Artículo Quinto.- DISPONER a los representantes titular y alterno de las entidades integrantes de la Comisión Regional contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes, informar a la Secretaría Técnica las acciones desarrolladas en el marco del Plan Regional. Artículo Sexto.- RECONOCER, la conformación del Equipo Técnico de la Comisión Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Piura, la misma que fue conformada el 30 de mayo de 2018 mediante Acta de reunión de trabajo en mérito a la Ordenanza Regional Nº 230-2011/GRP-CR, y poder trabajar los acuerdos que se adopten en reuniones de trabajo; dicho Equipo Técnico se encuentra integrado por las siguientes instituciones: - Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien la preside; - Un Representante de la Policía Nacional del Perú;- Un Representante del Ministerio Público (Distrito Fiscal Piura y Sullana); - Un Representante del Poder Judicial (Distrito Judicial Piura y Sullana); - Un Representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; - Un Representante de la Dirección Regional de Educación; - Un Representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones sede Piura; - Un Representante del Colegio de Obstetras Piura; - Un Representante de la Sociedad Civil (Radio Cutivalú); Artículo Séptimo.- El Equipo Técnico de la Comisión Regional de Lucha contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes en la Región Piura, tendrá las siguientes funciones: - Elaborar propuestas de Política Regional contra la Trata de Personas y Trá fi co Ilícito de Migrantes. - Coordinar permanentemente a fi n que los sectores e instituciones integrantes de la Comisión Regional den cumplimiento a lo establecido por la legislación nacional y regional vigente. - Desarrollar actividades conjuntas en la lucha contra la Trata de Personas. - Desarrollar actividades de capacitación y difusión a la población sensibilizándola ante los casos de Trata de Personas y su prevención. - Elaboración y seguimiento del Plan Regional de acciones de prevención contra la Trata de Personas y el Tráfi co Ilícito de Migrantes en Piura. - Brindar la asistencia técnica en coordinación con la Comisión Regional a las Comisiones Provinciales contra la Trata de Personas. - Coordinar y motivar la actualización de los registros de Trata de Personas ante la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Poder Judicial.- Promover acciones de prevención y protección de las víctimas y testigos. - Analizar la información procedente de los sectores de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones y de la Dirección de Trabajo y Promoción del Empleo sobre el tránsito de personas y el registro de los centros de trabajo privado y la colocación de empleo de las personas. - Promover la atención integral en los Establecimientos de Salud y Centros de Atención a las víctimas de Trata de Personas. - Informar trimestralmente a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Comisión Regional las acciones realizadas por el Equipo Técnico Regional. - Monitorear y supervisar las actividades de las instituciones y organizaciones que integran la Comisión Regional - Comprometer a los operadores de justicia el cumplimiento de sus funciones promoviendo instrumentos legales y protocolos concertados que permitan la adecuada tipi fi cación de este delito posibilitando la persecución e fi caz de la trata de personas en la región Piura. - Crear un Sistema Estadístico para el levantamiento y sistematización de información brindada por los Operadores de Justicia e INEI, acerca de la problemática de Trata de Personas en la Región Piura, que incluya causas, posibilidades de control que permita incidir sobre las iniciativas públicas inclusivas orientadas a contrarrestar la vulnerabilidad de este sector poblacional. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 4 días del mes de junio del año dos mil diecinueve. JOSÉ ANTONIO LÁZARO GARCÍA Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 4 días del mes de junio del año dos mil diecinueve. SERVANDO GARCÍA CORREA Gobernador Regional 1781107-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza que aprueba las normas para el otorgamiento de permisos provisionales para actividades comerciales y de servicios, en predios rústicos en proceso de habilitación urbana en el distrito de La Molina ORDENANZA Nº 384/MDLM La Molina, 17 de junio del 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA