Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2019 (22/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de junio de 2019 /

El Peruano

27867 y su Modificatoria Ley Nº27902, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 28 de mayo del 2019, el Oficio N° 006-2019-GRLLCR/CCETA de fecha 23 de mayo del 2019, mediante el cual la Consejera por la Provincia de Sánchez Carrión, Srta. Milagros Jennifer Catalán Corman, en su calidad de Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, remite el Dictamen de fecha 14.MAY.2019 sobre Proyecto de Ordenanza Regional relativo a: "Declarar al festival de la vicuña de la comunidad campesina de Cahuide de Santiago de Chuco como festival de interés turístico Regional en el Departamento de La Libertad, con la finalidad de darle un ambiente festivo y turístico a la labor que cumplen los comités comunales en el uso sustentable de la vicuña revalorando la existencia de esta especie en nuestra región contribuyendo a su consolidación y posicionamiento a nivel local, regional, nacional e internacional", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales, promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicación, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, establece la actualización de la lista de clasificación sectorial de las especies amenazadas de fauna silvestre establecidas en las categorías de: En Peligro Crítico (CR), En Peligro (EN), y Vulnerable (VU), como medida precautoria para asegurar la conservación de las especies establecidas en dichas categorías. De acuerdo a esta clasificación, la especie Vicugna vicugna (Vicuña) está considerado como Casi Amenazado (NT). Que, mediante la Resolución Ministerial N° 354-2008AG, se declaró concluidos los procesos de efectivización de transferencia en materia agraria de diversas funciones específicas al Gobierno Regional de La Libertad, entre ellas la función específica p) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en donde establece que el Gobierno Regional de La Libertad, es competente para promover y difundir los chaccus dentro del programa turístico regional; promover, impulsar, apoyar y fortalecer la asociatividad de los titulares de manejo en camélidos sudamericanos silvestres; apoyar y participar en las zonas alto andinas el desarrollo de modelos de gestión para manejo y aprovechamiento de los camélidos sudamericanos silvestres. Que, según la Resolución Ministerial N° 0560-2010AG, Aprueban Lineamientos Técnicos, Guía de actividades para la conservación, manejo y aprovechamiento sostenible de los camélidos sudamericanos silvestres y Términos de Referencia para la Gestión y Administración de las Especies de Camélidos Sudamericanos Silvestres, establece que la autorización de captura y esquila de vicuñas, se efectuará dentro del plazo aprobado por la autoridad regional, el mismo que debe encontrarse entre el 15 de mayo al 15 de noviembre de cada año. Que, el inciso p) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece que los Gobiernos Regionales son competentes en materia agraria para promover, asesorar y supervisar el desarrollo, conservación, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de cultivos nativos, camélidos sudamericanos y otras especies de ganadería regional. Que, el literal l) y q) del artículo 63° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece

que los Gobiernos Regionales son competentes en materia de turismo para declarar eventos de interés turístico regional; y organizar y conducir las actividades de promoción turística de la región en coordinación con las organizaciones de la actividad turística y los gobiernos locales. Que, mediante Ordenanza Regional N° 012-2013-GRLL/CR, el Gobierno Regional de La Libertad, Creo el Proyecto Especial de Camélidos Sudamericanos La Libertad, con la finalidad de ejercer un rol promotor y rector en las cuatro especies de camélidos sudamericanos en la región Libertad, teniendo como líneas de acción en cuanto a camélidos sudamericanos silvestres, promover la protección y conservación de las especies de vicuñas y guanacos, y fortalecer a sus actores a nivel distrital, provincial y regional. Que, mediante Acuerdo Regional N° 142-2010-GRLL/CR, el Gobierno Regional de La Libertad, aprobó la realización de la ferias agropecuarias, agroindustriales y artesanales a nivel distrital, provincial y regional en el departamento de La Libertad, con la finalidad de fortalecer los lazos de amistad, confraternidad y participación de las autoridades, entidades públicas y privadas, organizaciones de productores agropecuarios artesanales y la colectividad en general. Que, el Perú tiene el privilegio de ocupar el primer lugar en el mundo en la tenencia de vicuñas. El aprovechamiento sostenible y racional de la vicuña, tiene una gran importancia en el desarrollo de nuestra región, por el número de personas que trabajan en ella, por su participación como rubro generador de empleo y divisas; así como, por su aporte relevante en el Producto Bruto Interno del país. Que, los Camélidos Sudamericanos o Camélidos Andinos, son una riqueza pecuaria y genética de las poblaciones alto andinas, constituyen un recurso genético de gran importancia social, económica, cultural y científica para el Perú y algunos de los países de la Región Andina. Existen dos especies de camélidos sudamericanos domésticos, la alpaca (Lama pacos) y la llama (Lama glama), y dos especies de camélidos sudamericanos silvestres, la vicuña (Vicugna vicugna) y el guanaco (Lama guanicoe). Que, la Vicuña, es el Camélido Sudamericano Silvestre más pequeño. Tiene una silueta esbelta y presenta un lomo ligeramente arqueado. Es ágil debido a las extremidades largas que tiene, siendo las posteriores mucho más grandes que las anteriores, estas son delgadas pero fuertes. El cuello es largo y recto. Su cabeza parece más grande con relación a su cuerpo, debido a que tiene forma redondeada, tiene ojos grandes de expresión viva y de una exótica belleza natural, los cuales están protegidos por tupidas y largas pestañas. Que, la vicuña (Vicugna vicugna), es uno de los camélidos sudamericanos silvestres, que se encuentra bajo la protección del Estado Peruano, como parte de la biodiversidad del país, que conlleva a realizar actividades de protección, conservación y aprovechamiento sostenible. El aprovechamiento de esta especie se encuentra regulado a nivel nacional e internacional, a través de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora SilvestreCITES, suscrito por el Perú y para el caso de la vicuña se encuentra regido por el Convenio para la Conservación y Manejo de la Vicuña, el cual fue aprobado en nuestro país por el Decreto Ley N° 22984. Que, el repoblamiento de vicuñas en la región La Libertad, se inicia en el año 2003, con la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional financiera entre el Gobierno Regional La Libertad y el Proyecto de Desarrollo Integral La Libertad Cajamarca-PRODELICA. Es así como en el año 2005, se ejecuta el Proyecto Introducción de Vicuñas en la Comunidad Campesina "Cahuide" de Santiago de Chuco, introduciéndose 240 vicuñas. Según, los Censos Oficiales de vicuñas realizados por el Servicio Nacional Forestal y Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura del año 2012, la Comunidad Campesina Cahuide de Santiago de Chuco, tiene una población de 718 individuos. Que, en el año 2018, la Comunidad Campesina "Cahuide" de Santiago de Chuco, organizará el "XIV

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