Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2019 (24/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Lunes 24 de junio de 2019 /

El Peruano

autorizadas en el numeral precedente se realizan en el caso de las entidades del Gobierno nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que hagas su veces de la Entidad. La resolución del titular de pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario oficial el Peruano y el acuerdo de Consejo Municipal se publica en su página Web"; Que, mediante Informe N° 01-2019-GR.CAJ/GRPPAT de fecha 07 de Enero del año 2019, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Luis Vallejos Portal, concluye y recomienda lo siguiente: - "En lo que estrictamente a materia presupuestaria concierne, se tiene la Directiva N° 005-2010EF/76.01, "Directiva para la ejecución Presupuestaria"; la cual establece el cuadro de plazos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, para que presenten las Resoluciones que incorporan los Créditos Suplementarios. - "Que, teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto Legislativo Nº1440 y teniendo como precedente los Acuerdos Regionales: Acuerdo Regional N° 021-2018-GR.CAJ-CR, Acuerdo Regional N° 009-2017-GR.CAJ-CR, Acuerdo Regional N° 008-2016-GR. CAJ-CR y Acuerdo Regional N° 007-2015-GR.CAJ-CR, es necesario se solicite al Consejo Regional autorización para que apruebe la incorporación de los Créditos suplementarios para el ejercicio presupuestal 2019. Que, mediante Informe N° 01-2019-GR.CAJ.DRAJ, de fecha 09 de Enero del 2019, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abg. Leoncio Moreano Echevarría, concluye lo siguiente: "Estando a la opinión técnica emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emitida a través del Informe Nº01-2019-GR.CAJ-GRPPTAT, y conforme a los fundamentos contenidos en el presente informe, de conformidad a la normatividad citada, el suscrito emite OPINION FAVORABLE, para la aprobación de la Incorporación de los Créditos Suplementarios para el Ejercicio Presupuestal 2019, para lo cual se recomienda remitirse los actuados al Consejo Regional de Cajamarca, a efectos de que procedan conforme a sus atribuciones."; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 07-2016-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional Cajamarca, apruebe los Créditos Suplementarios para ser incorporados en el Presupuesto del año fiscal 2019, correspondiente al Pliego 445 Gobierno Regional. Segundo.- DISPONER que Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca remita al Consejo Regional las Resoluciones Ejecutivas Regionales que suscriba respecto a lo resuelto en el primer artículo del presente Acuerdo Regional. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca y áreas competentes, dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Quinto.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación del presente Acuerdo Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ERNESTO SAMUEL VIGO SORIANO Consejero Delegado Pdte. del Consejo Regional 1781716-2

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al pago de auditoría financiera del periodo 2018
ACUERDO REGIONAL N° 012-2019-GR.CAJ-CR Cajamarca, 26 de marzo de 2019 POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Segunda Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, de fecha 22 de Marzo del año 2019; VISTO Y DEBATIDO el DICTAMEN N° 002 -2019-GR.CAJ-CR/COAJ-COP , de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma constitucional - capítulo XIV del título IV, sobre Descentralización ­ Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento del Consejo Regional de Cajamarca, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante oficio N° 00077-2019-CG/VCGEIP de fecha 25 de febrero del 2019, emitido por el Vice contralor de Gestión Estratégica e integridad Pública, Humberto Ramírez Trucios, solicita Trasferencia financiera para la contratación de Sociedad de Auditoría, expresando en el tercer párrafo del oficio precitado (...)en dicho tarifario se señala que el importe que corresponde transferir por parte de su Entidad a la Contraloría General de la República es de S/ 321,130.00 (trescientos veintiún mil ciento treinta con 00/100 soles) por cada periodo auditado. Asimismo en el quinto párrafo señala: Considerando que la Entidad a su cargo no ha cumplido con efectuar esta transferencia financiera en los plazos indicados y habiéndose iniciado la ejecución del ejercicio fiscal 2019, se le reitera el requerimiento para que se proceda a efectuar una transferencia financiera por el 100% de la retribución económica que incluye el IGV y el depósito del 6% por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría, en la Cuenta Corriente N° 00000282758 del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República los importes a transferir y a depositar se detalla en el cuadro siguiente:
Periodo auditado Operación Transferencia Financiera 2018 Depósitos en Cuenta de la CGR TOTAL Concepto Monto

100% Retribución 305,691.48 Económica(incluido IGV) 6% Derecho de Designación o Supervisión. 15,538.55 321, 130.00

Que, mediante oficio N° 216-2019-GR.CAJ-GRPPAT/ SGPT de fecha 11 de marzo del 2019, emitido por el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Luis A. Vallejos Portal, en el último párrafo del documento precitado señala: "por lo indicado anteriormente y teniendo en cuenta el marco normativo, que autoriza realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, con el propósito de cumplir con lo señalado en la Ley 30742, ésta Gerencia emite opinión favorable para realizar la transferencia financiera a la Contraloría General de la República, hasta por el monto de S/ 321, 130.00 previa aprobación del Consejo Regional. Que, con oficio N° 229 -2019-GR.CAJ/DRAJ de fecha 14 de marzo del año 2019, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Abog. Leoncio Moreano Echevarría, en el punto 3° del precitado oficio manifiesta: "Estando a lo estrictamente establecido en el artículo 20° de la Ley N° 27785, la emisión de Opinión Legal sobre la aprobación de la mencionada Trasferencia Financiera, es un procedimiento que no está provisto en el precepto

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