Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2019 (29/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de junio de 2019 /

El Peruano

6. En ese sentido, tomando en cuenta la documentación remitida por el concejo municipal, así como el tiempo transcurrido, resulta necesario que este órgano colegiado adopte las medidas pertinentes para garantizar el normal desarrollo de las labores del Concejo Distrital de Nuevo Occoro. En consecuencia, se debe dejar sin efecto la credencial concedida a Florinda Pariona Muñoz para que ejerza el cargo de regidora de la citada comuna. 7. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio final, y que haya figurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 8. Por consiguiente, corresponde convocar a Emiliana Huarocc Huarcaya, identificada con DNI Nº 42229118, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Ayni, a efectos de que asuma el cargo de regidora del citado concejo distrital a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 9. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 22 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Florinda Pariona Muñoz como regidora del Concejo Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Emiliana Huarocc Huarcaya, identificada con DNI Nº 42229118, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Nuevo Occoro, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1783833-1

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Samuel Ulloa Guadalupe en contra del Acuerdo de Concejo Nº 040-2019-CMT, del 7 de marzo de 2019, que rechazó su pedido de vacancia presentado contra José Luis Mansilla Samaniego, María del Rosario Rodríguez de Torres, Miluska Bressia Calero Orellana, Rita Soledad Huamán Espinoza, Eduardo Tommy Miyazawa Vega, Samuel Renzo Luna Huari, Junior Keneth Torres Huamán, Jesús Alex Peña Torres, Oscar Alfonso Baldeón Day, Zoraida Angélica Vicuña Rojas y Manuel Vicente Martínez Mayta, regidores del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín, por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Solicitud de vacancia El 7 de febrero de 2019, Samuel Ulloa Guadalupe solicitó la vacancia de José Luis Mansilla Samaniego, María del Rosario Rodríguez de Torres, Miluska Bressia Calero Orellana, Rita Soledad Huamán Espinoza, Eduardo Tommy Miyazawa Vega, Samuel Renzo Luna Huari, Junior Keneth Torres Huamán, Jesús Alex Peña Torres, Oscar Alfonso Baldeón Day, Zoraida Angélica Vicuña Rojas y Manuel Vicente Martínez Mayta, regidores del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín (fojas 43 a 50), por la causal de ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Al respecto, el solicitante sostuvo lo siguiente: a) En la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 19 de enero de 2019, formalizada con el Acuerdo de Concejo Nº 024-2019-CMT, del 21 del mismo mes y año, los regidores cuestionados acordaron y ordenaron la reubicación de los comerciantes del mercado Señor de Muruhuay al centro comercial agropecuario Manuel A. Odría (Megaproyecto). b) Asimismo, dispusieron el cierre definitivo del referido mercado, por cambio de uso, según documentos técnicos normativos, encargando a las diferentes áreas de la comuna el cumplimiento del mencionado acuerdo. c) Dichas acciones constituyen la realización de un acto administrativo por parte de los regidores cuestionados. d) En ese contexto, con fecha 22 de enero de 2019, la gerente de Desarrollo Económico y Social de la comuna, emitió la Notificación Múltiple Nº 001-GDES-MPT/2019, en la que se comunicó que, en cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 024-2019-CMT, en un plazo de 48 horas debía desocupar el puesto que ocupa en el mercado Señor de Muruhuay. e) Asimismo, se le indicó que tenía un plazo de 5 días hábiles para apersonarse a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social a fin de solicitar su puesto en el centro comercial agropecuario Manuel A. Odría (Megaproyecto). f) De ahí que se concluye que la mencionada gerente ejecutó, por orden directa de los regidores, el Acuerdo de Concejo Nº 024-2019-CMT, siendo que dicha decisión ocasiona perjuicio a los comerciantes. Descargos de las autoridades cuestionadas Con escrito, de fecha 19 de febrero de 2019 (fojas 70 a 90), los regidores cuestionados presentaron sus descargos, bajo los siguientes argumentos: a) En la sesión extraordinaria de concejo, de fecha 19 de enero de 2019, se debatió como punto de agenda la "problemática del mercado Señor de Muruhuay y del centro comercial agropecuario Manuel A. Odría (Megaproyecto)". b) De acuerdo con la información expuesta por la gerente de Desarrollo Económico y Social y por el administrador del centro comercial agropecuario Manuel A. Odría (Megaproyecto), en la mencionada sesión, se tomó conocimiento de que más del 80 % de los comerciantes

Confirman Acuerdo de Concejo Nº 0402019-CMT, que rechazó pedido de vacancia de regidores del Concejo Provincial de Tarma, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 0080-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000968 TARMA - JUNÍN VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinticinco de junio de dos mil diecinueve

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