Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2019 (30/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Domingo 30 de junio de 2019

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

71

17. Coordinador de la Oficina de la Defensoría del Pueblo. Los· representantes titulares de la Instancia Regional de Concertación para erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar de la Región Lima designan a un representante alterno con capacidad de decisión, para casos de ausencia, quienes son acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Presidencia, en un plazo no mayor de 10 días contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la Secretaria Técnica de esta Instancia Regional de Concertación, tendiente a realizar el seguimiento de sus funciones y sistematización de resultados, a efectos de ser remitidos a la Dirección General contra la Violencia de Género y Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel. Artículo Quinto.- Son funciones de la Instancia Regional de Concertación para erradicar la violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, todas aquellas establecidas en el artículo 106º del Reglamento de la Ley Nº 30364, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2016 MIMP, conforme se detallan a continuación: 1. Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP), metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 2. Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley. 3. Remitir informes periódicos a la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel sobre las acciones adoptadas para la implementación de las disposiciones de la Ley, planes, programas o proyectos regionales. 4. Desarrollar campañas de sensibilización en coordinación con la Comisión Multisectorial de Alto Nivel promoviendo la participación de los medios de comunicación. 5. Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesario al contexto regional. 6. Crear el Observatorio de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el ámbito de su región en concordancia con los lineamientos elaborados para el Observatorio Nacional contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. 7. Otras que les atribuya la Comisión Multisectorial de Alto Nivel. 8. Aprobar su reglamento interno. Artículo Sexto.- DISPONER que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, la Instancia Regional de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar de la Región Lima, elaborará su respectivo Reglamento Interno, el mismo que deberá ser aprobado mediante Decreto Regional. Artículo Sétimo.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del pase a comisiones, del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Lima (www. regionlima.gob.pe). En Huacho, a los 28 días del mes de noviembre del dos mil dieciocho.

Comuníquese al Señor presidente del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JORGE MARTIN TABOADA SAMANAMUD Presidente del Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 5 días del mes de diciembre del dos mil dieciocho. NELSON CHUI MEJIA Gobernador Regional de Lima 1783626-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito
ORDENANZA Nº 499-MDA Ate, 17 de junio del 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de Junio del 2019, visto el Dictamen Nº 002-2019-MDA/CAT de la Comisión de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia, los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general; Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191º, 194º y 203º de nuestra Constitución, las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, establece que "Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo"; Que, es política de la actual gestión brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, otorgando beneficios para la regularización de sus deudas a favor de los vecinos de nuestro distrito de Ate, con el fin de continuar con las mejoras en los servicios que se prestan a la ciudad;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.