Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2019 (30/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Domingo 30 de junio de 2019 /

El Peruano

involucradas en lucha contra la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar de la región. 11. La Oficina Desconcentrada de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 12. La Oficina Defensorial de la Región; asimismo el artículo 105.2º de dicho reglamento, establece que la Gerencia de Desarrollo Social de la Región asume la Secretaría Técnica de esta instancia. Las instituciones integrantes nombran, además del o la representante titular, a un o una representante alterna o alterno; Que, el Gobierno Regional de Lima, a través de la Ordenanza Regional Nº 020-2016-CR-GRL, aprobó el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2016 - 2021, en la cual se han priorizado entre otras variables estratégicas: · Nivel de pobreza; debiéndose entender como pobreza a la condición en la cual una o más personas tienen un nivel de bienestar inferior al mínimo para la sobrevivencia; en ese contexto se ha logrado recoger a través de la Encuesta Nacional de Hogares 2016 (Nacional - Regional) - ENDES 2016, que la región Lima al año 2016, el 28.4% de mujeres no tienen ingresos propios, mientras que el 9.3% de hombres no cuentan, existiendo una brecha 19.1% entre mujeres y hombres en desmedro de la población femenina. · Calidad educativa; el que se considera al servicio público esencial que asegura el ejercicio pleno del derecho fundamental de toda persona humana a la educación, el mismo que tiene por finalidad desarrollar plenamente la personalidad humana y capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre; en ese marco, según cifras estadísticas oficiales obtenidas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática Encuesta Nacional de Hogares 2016, muestra que las mujeres de 25 años a más edad, que cuentan con al menos secundaria completa, apenas llegan al 62.7%, mientras que el porcentaje de hombres en ese mismo rango de edad llega al 73.5%. existiendo una brecha de 10.8% en desmedro de las mujeres. · Calidad de salud; conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en ese marco se ha obtenido cifras del INEI (ENDES) en la cual se muestra que en el periodo 20152016 el 13,7% de la población femenina adolescente a nivel nacional ha estado embarazada alguna vez, así como también que el número de la tasa de muertes maternas en el periodo comprendido 2004-2010 , se ubicó entre 93 mujeres fallecidas por cada 100,000 nacidos/as vivos/as a nivel nacional . · Seguridad ciudadana; es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, para asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos, así como para contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; en ese marco es preciso evidenciar estadistas que reflejan la tasa de violencia/ víctimas de feminicidio en la región, pues según el observatorio de criminalidad del Ministerio Público Fiscalía de la Nación, reportó que en la región durante el periodo 2016 - 2017 se reportaron 4 casos; Que, mediante Informe Nº 118-2018-GRL-GRPPAT/ OP-HQL, el Jefe de la Oficina de Planeamiento emite opinión técnica favorable a la propuesta de ordenanza regional que dispone la Creación de la instancia regional de concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar del Gobierno Regional de Lima; Que, asimismo mediante Informe Nº 1559-2018-GR/ SGRAJ, el Sub Gerente de Asesoría Jurídica emite opinión técnica a la propuesta de ordenanza regional que dispone la Creación de la instancia regional de concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar del Gobierno Regional de Lima; Que, en la sesión de Consejo Regional, se dio cuenta de la carta en mención; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD

de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y; En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículo 191º y 192º de la constitución política del estado y las conferidas en los numerales 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, conforme con el reglamento interno del consejo regional de Lima; el Consejo Regional; HA APROBADO REGIONAL LA SIGUIENTE ORDENANZA

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA REGIONAL DE CONCERTACIÓN PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL ÁMBITO DE LA REGIÓN LIMA" Artículo Primero.- APROBAR la creación de la "Instancia Regional de Concertación para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar'' del ámbito de la Región Lima, en el marco de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Artículo Segundo.- DECLARAR de Interés Regional la Erradicación de la Violencia contra la Mujer y los integrantes del Grupo Familiar, a fin de institucionalizar la participación e involucramiento de este sector social altamente vulnerable a través de las mesas de trabajo, reuniones, encuentros y otras actividades que permitan una comunicación fluida entre la Instancia Regional de Concertación y el Gobierno Regional de Lima para que definan propuestas para promover su desarrollo humano. Artículo Tercero.- La Instancia Regional de Concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del Grupo Familiar del ámbito de la Región Lima, está conformada de la siguiente manera: 1. Gobernador del Gobierno Regional de Lima, quien lo preside. 2. El Gerente Regional de Desarrollo Social. 3. El Gerente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima. 4. El Director de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias. 5. El Director de la Dirección Regional de Salud Lima - DIRESA. 6. El Jefe de la Jefatura Policial de la Provincia de Huaura. 7. El Jefe de la Jefatura Policial de la Provincia de Cañete. 8. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura 9. El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cañete. 10. El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura. 11. El Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete 12. Los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales de Huaura, Cañete, y Huaral. 13. Dos representantes cuya designación la realiza el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. 14. Dos Representantes de las asociaciones u organizaciones no gubernamentales involucradas en lucha contra la violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar de la región, elegidos conforme a las disposiciones del reglamento interno respectivo de esta Instancia Regional. 15. Director de la Oficina Desconcentrada de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Huaura. 16. Director de la Oficina Desconcentrada de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Cañete.

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