Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2019 (25/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Lunes 25 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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empresa concesionaria Salaverry Terminal Internacional S.A. remitió a OSITRAN el proyecto de Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios, a fin de solicitar la aprobación del mismo; Que, a través de los Memorandos Nº 386-2018-GAUOSITRAN y 387-2018-GAU-OSITRAN, de fecha 28 de diciembre de 2018, la Gerencia de Atención al Usuario solicitó a la Gerencia de Asesoría Jurídica y a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, respectivamente, la revisión del proyecto de Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios de la referida Entidad Prestadora, a efectos de remitir los comentarios y/o observaciones correspondientes al contenido del mismo; Que, en respuesta a dicho requerimiento, mediante los Memorandos Nº 007-19-GAJ-OSITRAN y 033-2019-GSFOSITRAN, de fechas 3 de enero y 7 de enero del presente año, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Supervisión y Fiscalización emitieron sus opiniones respecto a la propuesta presentada por Salaverry Terminal Internacional S.A., respectivamente; Que, en atención a ello, a través del Oficio Nº 007-2019-GAU-OSITRAN, la Gerencia de Atención al Usuario puso en conocimiento de la Entidad Prestadora Salaverry Terminal Internacional S.A. las observaciones advertidas al proyecto de Reglamento en mención, siendo que mediante Carta Nº 022-2019-STI/GAF, de fecha 07 de febrero de 2019, la referida Entidad Prestadora remitió a la Gerencia de Atención al Usuario la versión actualizada del mencionado proyecto; Que, mediante Resolución Nº 001-2019-GAUOSITRAN del 15 de febrero de 2019, la Gerencia de Atención al Usuario aprobó la difusión del Proyecto de Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios de Salaverry Terminal Internacional S.A., autorizando la publicación del proyecto en mención en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el Portal Institucional de OSITRAN y en el portal Web de la referida Entidad Prestadora, otorgándose un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación en el referido Diario Oficial, a efectos que los usuarios e interesados remitan sus comentarios y/u observaciones; sin embargo, no se ha recibieron comentarios ni observaciones durante el plazo otorgado; Que, mediante Memorando Nº 111-2019-GAJOSITRAN, la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite el proyecto de acto resolutivo para la aprobación del Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios presentado por Salaverry Terminal Internacional S.A., y el proyecto de acuerdo debidamente visados, a fin de que se continúe con el trámite de aprobación correspondiente; Que, mediante el Informe Nº 033-2019-GAUOSITRAN, la Gerencia de Atención al Usuario señala que de acuerdo al análisis efectuado, se concluye que el proyecto de Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios propuesto por Salaverry Terminal Internacional S.A. se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias de OSITRAN, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN y sus modificatorias; Que, luego de evaluar y deliberar respecto del tema objeto de análisis, el Consejo Directivo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2. del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, hace suyo e incorpora íntegramente a la parte considerativa de la presente resolución el Informe Nº 033-2019-GAU-OSITRAN; De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM y modificatorias; el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2015-PCM y modificatorias; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria Nº 666-2019-CD-OSITRAN; y sobre la base del Informe Nº 033-2019-GAU-OSITRAN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios presentado por la empresa concesionaria Salaverry Terminal Internacional S.A., en

los términos señalados en el Informe Nº 033-2019-GAUOSITRAN. Artículo 2.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal Institucional de OSITRAN (www. ositran.gob.pe), así como en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Disponer que la Gerencia de Atención al Usuario notifique la presente resolución, así como el Informe Nº 033-2019-GAU-OSITRAN a Salaverry Terminal Internacional S.A. Artículo 4.- Disponer que la empresa concesionaria Salaverry Terminal Internacional S.A. difunda en su página web institucional su Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios, a partir del día siguiente de la fecha en la que OSITRAN haya efectuado la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidenta del Consejo Directivo 1752909-1

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban "Lineamientos para la Incorporación del Enfoque de Género en la Gestión de los Recursos Humanos del Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-2019-CE-PJ Lima, 16 de enero de 2019 VISTO: El Oficio N° 014-2018-CJG-PJ, cursado por la señora Jueza Suprema titular Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial remite propuesta de "Lineamientos para la Incorporación del Enfoque de Género en la Gestión de los Recursos Humanos del Poder Judicial", cuya finalidad es garantizar las condiciones de igualdad sin discriminación por motivos de género entre mujeres y hombres que trabajan en el Poder Judicial, para dar cumplimiento a la Política Nacional de Igualdad de Género dispuesta por la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres; así como al Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017 PLANIG, prorrogada en su vigencia; documentos que plantean como indicadores el número de hombres y mujeres en cargos directivos y la incorporación del enfoque de género en el plan de desarrollo de las personas, entre otros aspectos vinculados a la gestión del recurso humano. Segundo. Que el objetivo general del documento presentado es establecer disposiciones para orientar la incorporación del enfoque de género en la gestión de recursos humanos del Poder Judicial, que comprenderá a todas las personas que trabajen en este Poder del Estado, bajo los diferentes regímenes y modalidades contractuales; y que tendrá como responsables de su cumplimiento a las Oficinas de Recursos Humanos o la que haga sus veces, de la Corte Suprema de Justicia de la República y Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, las mismas que dentro del marco de sus competencias estarán vinculadas a la planificación de

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