Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Miércoles 1 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL

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la escala de viáticos establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; Que, resulta de importancia estratégica para la Municipalidad participar activamente en los eventos organizados por instituciones internacionales, aprovechando los canales de comunicación e intercambio de experiencias y conocimientos, lo que permitirá a nuestra Entidad consolidarse en el cumplimiento de sus metas institucionales; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos e inscripción en el referido taller del Teniente Alcalde Eduardo Javier Bless Cabrejas, serán asumidos con cargo al presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, la autorización de viaje al exterior cuando irroga recursos públicos debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", según lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado mediante Ordenanza Nº 279/MDSM, y sus modificatorias; y con las visaciones de la Secretaría General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial y la Gerencia de Asuntos Jurídicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel, de acuerdo al siguiente detalle:
CONCEPTO Pasajes aéreos Viáticos Inscripción TOTAL PARTIDA 2.3.2.1.11 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y RUBRO MONTO

VISTOS, el memorando Nº 566-2019-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, informe Nº105-2019GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, informe Nº 050-2019-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, memorando Nº 1422019-GDH/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, informe Nº 070-2019-SGEC-GDH emitido por la Subgerencia de Educación y Cultura; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades de dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con los numerales 11) y 19) del artículo 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias organizar, sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte; así como, promover actividades culturales diversas; Que, mediante documentos de vistos, la Subgerencia de Educación y Cultura propone el proyecto de operativización de Talleres Permanentes de abril a noviembre con la finalidad de brindar y desarrollar actividades que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los vecinos sanmiguelinos, en especial de los niños y adolescentes, por medio del desarrollo de sus destrezas artísticas, culturales, educativas y ocupacionales; Que, en ese sentido, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto refiere que el mencionado programa cuenta con disponibilidad presupuestal para su ejecución en el presupuesto institucional 2019 y está programado en el Plan Operativo Institucional 2019. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que el Programa de Talleres Permanentes de abril a noviembre, se encuentra dentro de las facultades provistas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el Tarifario de los Talleres Permanentes, así como la inclusión del mismo en el Texto Único de servicios no exclusivos (TUSNE), conforme al Anexo Nº 01, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución en 03 (tres) folios. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y la Subgerencia de Educación y Cultura la programación y ejecución del artículo anterior, así como el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde TALLERES PERMANENTES 2019 SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA FECHA DE INICIO: ABRIL FECHA DE TERMINO: NOVIEMBRE
CURSO Estimulación Temprana LOCAL COSTO POR TALLER 70.00 REQUISITOS 1.- Solicitud verbal 2.- Pago a la Municipalidad 3. Llenado de Ficha de Inscripción.

S/. 4 513.84 02-09 Recursos Directamente S/. 10 222.52 2.3.2.1.12 Recaudados S/. 15 765.25 S/. 30 501.61

Artículo 2º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado Teniente Alcalde deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la certificación de los egresos que demande la atención de los viáticos y pasajes aéreos autorizados en el artículo precedente. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas y demás áreas competentes el fiel cumplimento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 6º.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe) y en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN JOSÉ GUEVARA BONILLA Alcalde 1764444-1

Aprueban Tarifario de los Talleres Permanentes y su inclusión en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 264-2019/MDSM San Miguel, 4 de abril de 2019

Diego Ferre

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