Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2019 (01/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de mayo de 2019 /

El Peruano

Los proyectos que se prioricen en el Proceso del Presupuesto Participativo debe responder a la Visión y Objetivos Estratégicos señalados en el Plan de Desarrollo Local Concertado. Dicho Plan, por ser un instrumento de largo plazo, no debe ser revisado cada año, pudiendo ser actualizado cuando lo considere necesario el Equipo Técnico, el cual debe ponerse en conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital y luego este proponer al Concejo Municipal su aprobación respectiva. Artículo 25°.- TALLER: Identificación y Priorización de Problemas El objetivo de este Taller grupal en mesas de trabajo, es identificar y priorizar los principales problemas que afectan a la población del distrito, particularmente los problemas más relevantes, en el marco del Plan de Desarrollo Local Concertado. En esta etapa, los Agentes Participantes, mediante el sistema de tarjetas de colores y escritas con letra de imprenta con plumón de color negro, plantean los problemas que consideran más relevantes para el distrito, identificando las carencias o necesidades más importantes que afectan a la población de San Borja. Luego, Los Agentes Participantes, debaten en las mesas de trabajo y conjuntamente con el Equipo Técnico, identifican y priorizan los problemas del distrito de San Borja, señalando el orden de prioridad del problema y pegando en un mural las tarjetas respectivas con los problemas más críticos de la mesa de trabajo, luego eligen a un representante de dicha mesa, quien dará lectura para conocimiento de todos los presentes, lo que debe constar en el Acta del Taller. Artículo 26°.- TALLER: Evaluación Técnica de la Cartera de Proyectos Con la finalidad de realizar la Evaluación Técnica y financiera de los proyectos escogidos en los talleres, el Equipo Técnico, a través de la Unidad Formuladora (Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico) se considerará los siguientes análisis: a) La Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico revisará la Cartera de Proyectos contenidos en la Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad de San Borja, que le previamente le proporcionará la Unidad de Presupuesto y Estadística. b) La Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico solicitará de ser necesaria información adicional previa a la Evaluación Técnica, a los Órganos de Línea, así como su opinión sobre la viabilidad de los proyectos y requerirá información técnico-legal que acredite la habilitación urbana u otros necesarios para la ejecución del proyecto. Asimismo, los Órganos de Línea podrán proporcionarle nuevas propuestas de proyectos que consideren importantes y con la información correspondiente, para ser considerados por el Equipo Técnico. c) Luego de ello, teniendo la consolidación final de los proyectos que se encuentran en la Programación Multianual de Inversiones, las nuevas propuestas por los Órganos de Línea, y considerando de ser necesario los proyectos que no alcanzaron financiamiento presupuestal en el proceso participativo anterior, la Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico elaborará las fichas técnicas respectivas de cada proyecto, con la información requerida señalada en el ANEXO N° 3: Ficha Técnica Mínima de Proyecto de Inversión. d) La Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico evaluará si los proyectos propuestos responden a problemas concretos, si las alternativas de solución constituyen soluciones a los problemas planteados y si los costos de los proyectos resultan razonables. Esta evaluación se realizará bajo el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual de Inversiones, a fin de valorar la viabilidad del proyecto, para incluirlos en la etapa de priorización.

e) La Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico, en caso hayan problemas priorizados que no tengan propuestas de proyectos, podrá proponer alternativas de solución que también serán consolidados conjuntamente con los proyectos propuestos, para luego entrar al taller de priorización por los Agentes Participantes. f) La exposición de la Evaluación Técnica de Proyectos estará a cargo del Gerente de la Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico con apoyo del personal profesional de su unidad orgánica y el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo, y presentará a los Agentes Participantes la información que contiene la Ficha Técnica Mínima señalada en el literal c) del presente artículo, incorporando fotografías de la situación actual como se encuentra la zona a intervenir (del "antes") y fotografías virtuales de cómo sería "después" de la intervención del proyecto. g) La Evaluación Técnica deberá ser incorporada dentro del "Documento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados". Artículo 27º.- TALLER: Elección del Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia es elegido por los Agentes Participantes en el Taller de Priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos y Compromisos; dicha elección se hará por acuerdo mayoritario simple de los Agentes Participantes que se encuentran presentes en el momento de la votación. Artículo 28º.- TALLER: Asignación Presupuestal para Inversiones y Priorización de Proyectos de Inversión El Presidente del Equipo Técnico por encargo del Alcalde, o la persona que él designe, pondrá en conocimiento de los Agentes Participantes, el monto máximo de la asignación presupuestal que se destinará para las Inversiones del Presupuesto Participativo, siendo la Unidad de Presupuesto y Estadística quien facilitará la información respectiva de la determinación de la asignación presupuestaria. Luego, el Equipo Técnico, a través de la Unidad Formuladora (Oficina de Innovación Urbana y Desarrollo Económico) llevará a cabo las siguientes acciones: a) Presentará la lista de proyectos que superaron la Evaluación Técnica, señalando el valor estimado de inversión de cada proyecto. b) Si el proyecto tiene naturaleza multianual, presentará los montos estimados de inversión por año que deben ser comprometidos en los años siguientes a fin de culminar con el proyecto. c) En el caso de proyectos que no hayan superado la Evaluación Técnica, explicará las observaciones planteadas a los proyectos que no hayan sido incluidos en la lista de proyectos a priorizar. d) Los Agentes Participantes priorizarán los proyectos que pasaron la Evaluación Técnica, utilizando los criterios de priorización y puntajes señalados en el ANEXO N° 4: Criterios de Priorización de Proyectos de Inversión Pública. e) Se ordenará los proyectos de mayor a menor puntaje, siendo los de mayor puntaje los más prioritarios y los de menor puntaje los menos prioritarios. Los proyectos que alcanzaron presupuesto serán ejecutados al siguiente año o en los años que correspondan si el proyecto es multianual. f) En el caso que los proyectos priorizados se encuentren a nivel de idea de Proyecto, el Alcalde de San Borja dispondrá su formulación de acuerdo a los estándares técnicos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, a fin de que estos cuenten con la viabilidad correspondiente, para su incorporación en el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura - PIA. TÍTULO IV Artículo 29º.- FASE DE COORDINACIÓN ENTRE NIVIELES DE GOBIERNO

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