Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2019 (08/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
Pasajes Aéreos: Lima (Perú) ­ Atenas (Grecia) ­ Lima (PERÚ) US$ 1,695.00 X 01 persona (incluido TUUA) = US$ 1,695.00 Viáticos: US$ 540.00 X 06 días x 01 persona Total a pagar US$ 3,240.00 = US$ 4,935.00

Miércoles 8 de mayo de 2019 /

El Peruano

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado Oficial presentará informe describiendo las acciones realizadas, resultados obtenidos y rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2019, Pliego Presupuestal 027 ­ Fuero Militar Policial. Artículo 5º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1766586-1

Artículo 2º.- Expedir el duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ciencias ­ Ingeniería Ambiental, a favor de Cristian Yance Tomás, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro. Artículo 3º.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector ANGEL FAUSTO BECERRA PAJUELO Secretario General(e) 1763505-1 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 0302-2018-CU-UNALM La Molina, 11 de octubre de 2018 VISTO: El Formulario Único de Trámite ­ FUT, presentado el 27 de setiembre de 2018, por Cristian Yance Tomás, ex alumno de la Facultad de Ciencias; CONSIDERANDO:

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Expiden duplicados de diplomas de grados y títulos otorgados por la Universidad Nacional Agraria La Molina
UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 0301-2018-CU-UNALM La Molina, 11 de octubre de 2018 VISTO: El Formulario Único de Trámite ­ FUT, presentado el 27 de setiembre de 2018, por Cristian Yance Tomás, ex alumno de la Facultad de Ciencias; CONSIDERANDO: Que, Cristian Yance Tomás, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el duplicado de su diploma de Grado de Bachiller en Ciencias ­ Ingeniería Ambiental, por motivo de pérdida; Que, Cristian Yance Tomás, obtuvo el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias ­ Ingeniería Ambiental, mediante Resolución Nº 0864-2011-UNALM de fecha 10 de noviembre de 2011, encontrándose inscrita en el Libro Nº 36, Folio Nº 453 del Registro Nº 17232 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley Nº 28626 y artículo 310º literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14º del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos ­ SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Anular el diploma de Grado de Bachiller en Ciencias ­ Ingeniería Ambiental de Cristian Yance Tomás, expedido el 10 de noviembre de 2011;

Que, Cristian Yance Tomás, mediante Formulario Único de Trámite del visto, solicita el duplicado de su diploma de Título de Ingeniero Ambiental, por motivo de pérdida; Que, Cristian Yance Tomás, obtuvo el diploma de Título de Ingeniero Ambiental, mediante Resolución Nº 0231-2015-CU-UNALM de fecha 16 de julio de 2015, encontrándose inscrita en el Libro Nº 34, Folio Nº 85 del Registro Nº 12512 de esta Casa de Estudios; Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5º del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente; Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley Nº 28626 y artículo 310º literal p) del Reglamento General de la UNALM; artículo 14º del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos ­ SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD, y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Anular el diploma de Título de Ingeniero Ambiental de Cristian Yance Tomás, expedido el 16 de julio de 2015. Artículo 2º.- Expedir el duplicado del Título de Ingeniero Ambiental, a favor de Cristian Yance Tomás, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro. Artículo 3º.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. Artículo 4º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ENRIQUE RICARDO FLORES MARIAZZA Rector ANGEL FAUSTO BECERRA PAJUELO Secretario General(e) 1763505-2

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