Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2019 (22/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Miércoles 22 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Peruano", y el íntegro de su Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo Sexto.- ENCARGAR; al Gerente Municipal y/o quien presida la Comisión, informe al Concejo Municipal en el plazo de treinta (30) días calendarios de culminado cada proceso que se lleve a cabo del Programa Municipal de Mejoramiento de Barrios del Distrito de Ate "EL PUEBLO LO HIZO". POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1770656-1

Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 371-MDA
ORDENANZA Nº 498-MDA Ate, 6 de mayo del 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de Mayo del 2019; visto, el Dictamen Nº 001-2019-MDA/CAJTI de la Comisión de Asesoría Jurídica y Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 12) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar por Ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal; Que el primer párrafo del artículo 40º de la citada Ley Nº 27972, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tienen competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 371-MDA, se aprueba el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate con la cual se norma el régimen interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Informe Nº 002-2019-MDA/CAJTI la Comisión de Asesoría Jurídica y Tecnologías de la Información presenta el proyecto de Ordenanza que Modifica el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDA; Que, mediante Informe Nº 297-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica indica que de la evaluación efectuada al proyecto de modificación de la Ordenanza Nº 371-MDA (artículos 19º, 20º, 80º, 82º y 98º) se puede apreciar que el mismo ha sido elaborado de conformidad con lo establecido en la normatividad, encontrándola viable en términos generales, toda vez que a través de la modificación de los artículos 19º, 20º y 80º se hará más viable la comunicación (convocatoria) a las Sesiones de Concejo y reuniones de Comisión de Regidores, mediante

citaciones electrónicas a los miembros que conforman el Concejo Municipal del Distrito de Ate; asimismo, con la modificación de los artículos 82º y 98º se busca que las Comisiones de Regidores (ordinarias y especiales) el trabajo sea más ágil; por lo que opina que resulta procedente que a través de Ordenanza se modifique la Ordenanza Nº 371-MDA, Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, debiendo previamente contar con el Dictamen de la Comisión de Regidores correspondiente; Que, en ese sentido se torna necesario la modificación del Reglamento de Organización Interior del Concejo, acorde a la realidad y a efectos de hacerlo más expeditivo; Que, mediante Dictamen Nº 001-2019-MDA/ CAJTI, la Comisión de Asesoría Jurídica y Tecnologías de la Información recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza que Modifica el Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDA, solicitando elevar los actuados al Concejo Municipal, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º Y ARTÍCULO 40º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN INTERIOR DEL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA Nº 371-MDA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE; los artículos 19º, 20º, 80º, 82º y 98º del Reglamento de Organización Interior del Concejo de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDA, cuyos textos quedarán establecidos de la siguiente manera: "Artículo 19º.- La convocatoria a Sesiones de Concejo se hará mediante citaciones electrónicas realizadas por el Secretario(a) General, por encargo del Alcalde, las mismas que contendrán fecha, hora, lugar y los puntos de agenda a tratarse, así como la información necesaria sobre cada punto de agenda como archivo adjunto. Las Citaciones Electrónicas se llevarán a cabo con una anticipación no menor de 48 horas, en caso de las Sesiones Ordinarias y 24 horas en caso de las Sesiones Extraordinarias, y se realizarán a través del correo electrónico y/o Sistema del Concejo Municipal, considerándose notificados los Regidores una vez confirmada la recepción de la citación por cualquiera de dichos medios. Las Citaciones por escrito se realizarán de manera extraordinaria, por hecho fortuito, por causa de fuerza mayor o por pedido expreso del regidor que así lo solicite al Alcalde, a través de la Oficina de Secretaría General. Estando reunidos la totalidad de los miembros del Concejo se puede dispensar la convocatoria por la naturaleza del asunto a tratar o la urgencia del mismo que así lo requiera, tramitándose como una sesión extraordinaria." "Artículo 20º.- La documentación que sustenta los temas de agenda de las sesiones de concejo serán remitidas a los regidores vía electrónica debidamente escaneados con la convocatoria; asimismo, se remitirán vía electrónica los documentos que formen parte de la estación de Despacho en las sesiones de concejo y las respuestas a los pedidos realizados por los regidores. Los documentos en físico se encontrarán disponibles en la Oficina de Secretaría General a disposición de los Regidores desde la fecha de citación con la convocatoria hasta una vez culminada la Sesión de Concejo." "Artículo 80º.- La Convocatoria a las reuniones de Comisión se hará mediante Citaciones electrónicas realizadas por el Secretario(a) de la Comisión por encargo del Presidente, las mismas que contendrán fecha, hora, lugar y los puntos de agenda a tratarse, así como la información necesaria sobre cada punto de agenda como

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