Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2019 (24/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8

NORMAS LEGALES

Viernes 24 de mayo de 2019 /

El Peruano

Que, habiéndose verificado la configuración de la causal de cese en el servicio en el caso del primer miembro titular, que da lugar a que su suplente asuma el puesto del titular y se designe al primer miembro suplente; resulta necesario modificar el artículo segundo de la Resolución Viceministerial antes mencionada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 294-2018-EF; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF; y, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 562-2018-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 092-2019-MC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Viceministerial N° 086-2017-VMPCIC-MC, modificado por las Resoluciones Viceministeriales N° 147-2017-VMPCIC-MC, N° 096-2018-VMPCIC-MC, N° 170-2018-VMPCIC-MC y N° 250-2018-VMPCIC-MC, quedando conforme se detalla a continuación: "Artículo Segundo.- CONSTITUIR el Comité Especial encargado de la convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección de la Empresa Privada que financiará y/o ejecutará el Proyecto "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", con Código Único N° 2133720 (antes Código SNIP N° 172122), respecto de los Componentes: 2. Acondicionamiento Turístico El Brujo ­ 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo; 3. Promoción y Difusión Turística; y 6. Supervisión, priorizado mediante Resolución Ministerial N° 422-2016-MC, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 195-2017-MC, N° 2842017-MC y N° 136-2019-MC; y, de la entidad privada que supervisará su ejecución, el mismo que estará integrado de la manera siguiente: MIEMBROS TITULARES 1. Marco Antonio Ñasco Dávalos: Presidente. 2. Jovita María Teresa de Jesús Aguilar Canales de Rossel: Primer Miembro. 3. Pedro Caycho Ampuero: Segundo Miembro. MIEMBROS SUPLENTES 1. Jorge Antonio Montenegro Cabrejo: Suplente del Presidente. 2. Augusto Martín Neyra Carrillo: Suplente del Primer Miembro. 3. Giovanna Paola Bravo Castillo: Suplente del Segundo Miembro". Artículo Segundo.- Disponer que se mantienen vigentes los demás extremos de la Resolución Viceministerial N° 086-2017-VMPCIC-MC, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 147-2017-VMPCICMC, N° 096-2018-VMPCIC-MC, N° 170-2018-VMPCICMC y N° 250-2018-VMPCIC-MC. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob. pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1771872-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Empresarial Plan Contable General

CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCIÓN Nº 002-2019-EF/30 Lima, 16 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución N° 041-2008-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó el Plan Contable General Empresarial con vigencia a partir del 1 de enero de 2011 y aplicación optativa en el año 2010, asimismo a través de la Resolución N° 0432010-EF/94 el Consejo Normativo de Contabilidad aprobó la Versión Modificada del Plan Contable General Empresarial; Que, el Plan Contable General Empresarial establece un procedimiento de actualización y vigencia, el mismo que es evaluado y actualizado periódicamente con organismos y/o profesionales de la contabilidad; Que, conforme al inciso 2 del párrafo 6.2 del Decreto Legislativo N° 1438 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene la función de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas; Que, en concordancia con lo dispuesto en el considerando precedente y en aplicación a lo señalado en el párrafo 14.5 del artículo 14 del precitado Decreto Legislativo, las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, efectúan el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos emitidos por el Consejo Normativo de Contabilidad; salvo el caso de las entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para las cuales, dicho organismo ha establecido normas específicas; En uso de las atribuciones conferidas en el párrafo 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N°1438 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Contable General Empresarial, que forma parte de la presente Resolución, cuyo uso obligatorio para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda, rige a partir del 1 de enero de 2020, con aplicación optativa para el presente año. La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones establece normas y procedimientos específicos del registro contable de sus entidades supervisadas. Artículo 2.- Derogar el Plan Contable Empresarial aprobado mediante la Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N° 041-2008-EF/94 y su versión modificada con la Resolución 043-2010-EF/94 y todas aquellas disposiciones distintas a lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución o que limiten su aplicación. Esta derogación se hará efectiva a partir de la entrada en vigencia del PCGE mencionado en el Artículo 1. Artículo 3.- Disponer la difusión del PCGE en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.