Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2019 (24/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de mayo de 2019 /

El Peruano

productivo y empresarial de las MYPE a través del Régimen de Desarrollo Productivo y su participación en las compras públicas, en el marco de lo establecido en la Ley. Artículo 2.- Ámbito de aplicación 2.1 La presente norma es de aplicación a todas las micro y pequeñas empresas definidas como tales en los artículos 4 y 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE. 2.2 Asimismo, la presente norma es aplicable a las entidades con personería jurídica comprendidas en los niveles del Gobierno Nacional, incluyendo Ministerios y sus organismos públicos adscritos y a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 4 de la Ley. Artículo 3.- Definiciones 3.1 Para efectos de este Reglamento, entiéndase por: Bienes : Son los bienes manufacturados por Especializados las MYPE definidos en el artículo 4 de la Ley y los que adicionalmente se incorporen a futuro mediante decreto supremo. Capacidad productiva : Es la capacidad que tiene la MYPE para atender determinada demanda. Se calcula teniendo en cuenta la disponibilidad de planta, maquinaria, equipo, las horas máquina y horas hombre necesarios para fabricar y/o confeccionar determinado volumen de Bienes Especializados. : Acuerdo que suscriben PRODUCE y el NEC, que establece las condiciones de adquisición de los Bienes Especializados y gestión de recursos. : Toda entidad comprendida en los niveles del Gobierno Nacional, así como los Gobiernos Regionales que comunican a PRODUCE sus requerimientos de bienes especializados a través del Proceso Especial de Compras.

Expediente de : Es el documento que resulta de Adquisición añadir al Expediente Preliminar de Definitivo Adquisición, el detalle del proceso de producción, maquinaria y diseño de planta, servicios articulados accesorios al proceso de producción, inspección, almacenaje y distribución. Es elaborado por PRODUCE, y es entregado al NEC para dar inicio a la Fase del Procedimiento de Adquisición. Ley : Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas; así como las normas que lo modifiquen. MYPE: : Unidad económica que se encuentra dentro del alcance de los conceptos de micro y pequeña empresa establecidos en los artículos 4 y 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de impulso al desarrollo productivo y al crecimiento empresarial, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE, o norma que lo modifique o sustituya.

Convenio

Núcleo Ejecutor : Es un ente colectivo constituido por el Ministerio de la Producción, mediante de Compra Resolución Ministerial, de carácter (NEC) permanente, que goza de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales. Está conformado por un Directorio que adopta acuerdos de forma colegiada, y por una Secretaría Ejecutiva. Oferta Productiva MYPE : Es la capacidad productiva agregada de las MYPE, que se encuentra disponible para atender los eventuales requerimientos de Bienes Especializados de las Entidades Demandantes. La disponibilidad de la Oferta Productiva MYPE es de naturaleza variable, y se determina para cada Procedimiento de Adquisición, según el número de MYPE que cuenten con capacidad para atender los requerimientos de las Entidades Demandantes; dadas las condiciones de disponibilidad de materia prima, insumos, servicios articulados accesorios al proceso de producción, cantidad de bienes especializados requeridos, cantidad, calidad, lugar de entrega y precios solicitados, e identificados los compromisos comerciales previamente adquiridos. : Se entiende por PRODUCE al Ministerio de la Producción o aquel órgano o unidad orgánica a la que se asigne la función de conducción del Régimen de Desarrollo Productivo. : Es el conjunto de procedimientos que regulan las adquisiciones de Bienes Especializados para promover la participación de las MYPE en las compras públicas, a través del cual se viabilizan los objetivos del Régimen de Desarrollo Productivo.

Entidad Demandante

Expediente de : Es el documento elaborado por PRODUCE y validado por la Entidad Adquisición Preliminar Demandante, dentro de la Sub Fase de Evaluación de Demanda de la Fase de Actos Previos, que recoge y especifica las condiciones esenciales bajo las cuales se atenderá el requerimiento de la respectiva Entidad Demandante, incluyendo la caracterización técnica y cantidad de los Bienes Especializados a ser provistos por la Oferta Productiva MYPE, oportunidad y lugar de entrega de dichos bienes, así como el respectivo requerimiento de presupuesto. Adicionalmente, en caso el tipo de Bien Especializado lo requiera, el Expediente de Adquisición Preliminar puede incluir servicios complementarios tales como: instalación, puesta en operación, plazos de garantía, servicios de mantenimiento, otros servicios post venta, entre otras actividades vinculadas al uso de dichos bienes por parte de la Entidad Demandante

PRODUCE

Proceso Especial de Compras

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