Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2019 (08/11/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 45
El Peruano / Viernes 8 de noviembre de 2019
ORDEN DE INSPECCIÓN Nº 2952-2018-MTC/12,04 INICIO FIN VIÁTICOS (US$) US$ 1,320,00
NORMAS LEGALES
SOLICITANTE INSPECTOR CAFFERATA DE LA BARRA, IVAN ALEJANDRO RODRIGUEZ VALENCIA, PABLO JOSE CIUDAD PAÍS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA REPÚBLICA ARGENTINA DETALLE
45
Inspección Técnica de Estación de Línea de las empresas LATAM AIRLINES PERU S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. Inspección Técnica de Estación de Línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales. Inspección Técnica de Estación de Línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A. y AVIANCA PERÚ S.A., según plan de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales.
11-Nov
14-Nov
MTC
NUEVA YORK
2953-2018-MTC/12,04
12-Nov
14-Nov
US$ 740,00
MTC
CORDOBA
2954-2019-MTC/12.04
19-Nov
22-Nov
US$ 1,760,00
MTC
MONTOYA RIVAS, VICTOR ALBERTO
CANCUN
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
1824170-1
Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1022-2019-MTC/01.02 Lima, 5 de noviembre de 2019 VISTOS: Las Cartas GO - 162 - 19 y GO - 159 - 19 de la empresa HELIAMERICA S.A.C., y el Informe N° 5882019-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del sector, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante Cartas GO - 162 - 19 y GO - 159 - 19, la empresa HELIAMERICA S.A.C., solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil la designación del inspector para realizar el chequeo técnico inicial en simulador de vuelo en el equipo Bell 429, para su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos para el Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-014 "Evaluación de Personal Aeronáutico" del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación correspondiente al servicio señalado en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente
cubiertos por la empresa solicitante, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección General de Aeronáutica Civil con el Informe N° 588-2019-MTC/12.04, conforme a la Orden de Inspección N° 3226-2019MTC/12.04, y señala que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza conforme a lo establecido en la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FEDERICO ALFONSO JOSE VIZQUERRA LOZANO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil, del 18 al 22 de noviembre de 2019, a la ciudad de Valencia, Reino de España, para los fines antes expuestos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor FEDERICO ALFONSO JOSE VIZQUERRA LOZANO, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Valencia, Reino de España, del 18 al 22 de noviembre de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa HELIAMERICA S.A.C., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones


