Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2019 (12/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 12 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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del 07 de octubre de 2019, da cuenta que conjuntamente con la Dirección de Formalización Individual elaboraron y consensuaron acordes al marco normativo vigente que regula los Programas de Adjudicación de Lotes de Vivienda (PAL), las características y contenidos de los formatos a ser utilizados en la ejecución de lotes comprendidos en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificada por Decreto Supremo N0 001-2018-VIVIENDA; presentando los proyectos de formatos denominados: (i) "Padrón de Publicación de lotes no adjudicados para titular a favor de la Municipalidad Provincial, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA" (Anexo A); (ii) "Acta de Publicación del padrón de publicación de lotes aptos para titular a favor de la Municipalidad Provincial, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA" (Anexo B); y, (iii) "Sello para ser usado en las solicitudes de oposición al trámite de titulación a favor de la municipalidad provincial, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA" (Anexo C); Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con Memorándum N0 2565-2019-COFOPRI/OPP del 22 de octubre de 2019, señala que la Dirección de Formalización Individual, como dueño del proceso de formalización individual en el marco del Programa de Adjudicación de Lotes con fines de vivienda (PAL), es la competente en manifestar la viabilidad de los formatos propuestos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; en atención a lo cual, conforme se ha manifestado en el considerando que antecede; los formatos cuentan con la opinión favorable de la Dirección de Formalización Individual; Que, con el Informe Nº 466-2019-COFOPRI/OAJ del 05 de noviembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica concluyó que resulta procedente la aprobación de la propuesta de los mencionados formatos, al encontrarse acorde en el marco de las disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1202 y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA; Que, la Tercera Disposición Complementaria y Final del mencionado Reglamento señala que en todo lo no previsto o en lo que no se oponga a las disposiciones establecidas en dicho Reglamento, resulta de aplicación supletoria las normas de formalización contenidas en el Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N0 01399-MTC; Que, en ese mismo sentido, la Quinta Disposición Final del nombrado Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, establece que éste aprobará las características, contenidos y formatos de los instrumentos de formalización, fichas de empadronamiento y demás que se requieran para dicha etapa del Proceso de Formalización; Que, el artículo 9 y el literal f) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N0 025-2007-VIVIENDA, establecen que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal de COFOPRI, quien tiene la función de emitir las resoluciones administrativas de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos N0S 803 y 1202, los Decretos Supremos N0S 013-99-MTC, 025-2007-VIVIENDA, 014-2016-VIVIENDA y 001-2018-VIVIENDA; y, Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Formalización Individual, la Dirección de Normalización y Desarrollo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el formato "Padrón de Publicación de lotes no adjudicados para titular a favor de la Municipalidad Provincial, en aplicación de la Primera

Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA", que como Anexo A forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el formato "Acta de Publicación del padrón de publicación de lotes aptos para titular a favor de la Municipalidad Provincial, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA", que como Anexo B forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Aprobar el formato "Sello para ser usado en las solicitudes de oposición al trámite de titulación a favor de la Municipalidad Provincial, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 014-2016-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2018-VIVIENDA-VIVIENDA", que como Anexo C forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional de COFOPRI (www.cofopri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ Director Ejecutivo 1825763-1

Aprueban diversos formatos para la adjudicación en la modalidad onerosa de venta a crédito de lotes de posesiones informales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 126-2019-COFOPRI/DE Lima, 8 de noviembre de 2019 VISTOS; los Memorándums Nºs 0102-2019-COFOPRI/ DFIND y 0508-2019-COFOPRI/DFIND del 04 de febrero y 16 de abril de 2019, emitidos por la Dirección de Formalización Individual; los Informes Nºs 062-2019-COFOPRI/DND y 141-2019-COFOPRI/DND del 20 de junio y 24 de octubre de 2019, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; los Memorándums 2465-2019-COFOPRI/OA y 3078-2019-COFOPRI/OA del 04 de setiembre y 07 de setiembre de 2019, emitidos por la Oficina de Administración; y, el Informe Nº 475-2019-COFOPRI/OAJ del 08 de noviembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, según lo establecido en los artículos 3 y 5 de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos y sus respectivas modificaciones, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI asume, de manera excepcional, las funciones de ejecución del proceso de formalización a que se refiere el Título I de la Ley N° 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos; para lo cual, COFOPRI aprueba los contenidos de los formatos de títulos de propiedad y otros instrumentos de formalización; Que, el Reglamento del Título I de la Ley N° 28687, referido a Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2006-VIVIENDA, ha previsto

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