Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2019 (12/11/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26

NORMAS LEGALES

Martes 12 de noviembre de 2019 /

El Peruano

el Decreto Supremo Nº 010-2018-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo N° 012-2019-VIVIENDA, así como de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Consolidación de Información Encárguese a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, (www.gob.pe/vivienda), en el link "Proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento Especial de Habilitación Urbana y Edificación". Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1825762-1

Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la encargatura de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, otorgada al Licenciado en Administración Miguel Antonio Tarazona Tafur, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Licenciado en Administración Miguel Antonio Tarazona Tafur, en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1825422-1

ORGANISMOS EJECUTORES

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL

INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU
Designan Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 168-2019-INBP San Isidro, 11 de noviembre de 2019 VISTO: La Nota Informativa N° 873-2019-INBP-OA-URH de fecha 21 de octubre de 2019 de la Unidad de Recursos Humanos; la Nota Informativa N° 110-2019 INBP/OAJ de fecha 22 de octubre de 2019 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Intendencia N° 120-2019INBP del 22 de agosto de 2019, se resolvió encargar al Licenciado en Administración Miguel Antonio Tarazona Tafur en el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en adición a sus funciones y en tanto se designe a su titular; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; resultando necesario designar al funcionario que ejercerá dicho cargo; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Administración y la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, el Reglamento de Organización y Funciones de la

Aprueban "Directiva que establece lineamientos y criterios para la transferencia de los predios de posesiones informales calificados como "lote abandonado" y "lote vacío" a favor de la municipalidad distrital, en el marco de lo dispuesto por la Décimo Séptima Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA, incorporada por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 023-2008-VIVIENDA"
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 075-2019-COFOPRI/GG Lima, 11 de noviembre de 2019 VISTOS, el Informe Nº 105-2019-COFOPRI/DND del 10 de setiembre de 2019, y el Memorándum Nº 491-2019-COFOPRI-DND del 21 de octubre de 2019, emitidos por la Dirección de Normalización y Desarrollo; el Memorándum Nº 1547-2019-COFOPRI/DFIND del 27 de agosto de 2019, emitido por la Dirección de Formalización Individual; el Informe Nº 197-2019/COFOPRI-OPP del 15 de octubre de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 450-2019-COFOPRI/ OAJ del 24 de octubre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos; Que, según lo establecido en la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.