Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

GP-ISO/IEC 37:2014 (revisada el 2019) Instrucciones para el uso de productos por los consumidores. 1ª Edición Reemplaza a la GP-ISO/IEC 37:2014 GP-ISO/IEC 51:2014 (revisada el 2019) ASPECTOS DE SEGURIDAD. Directrices para su inclusión en las normas. 3ª Edición Reemplaza a la GP-ISO/IEC 51:2014 GP-ISO/IEC 74:2014 (revisada el 2019) Símbolos gráficos. Directrices técnicas para la consideración de las necesidades de los consumidores. 2ª Edición Reemplaza a la GP-ISO/IEC 74:2014

CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 1302003-RE y sus modificatorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Néstor Francisco Popolizio Bardales. Artículo 2°.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fijada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1826768-8

Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:
NTP 209.111:2014 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Principios generales para el empleo de aditivos alimentarios. 3ª Edición ADITIVOS ALIMENTARIOS. Definiciones y clasificación. 3ª Edición

NTP 209.116:2014

NTP 209.208:1983 (revisada el 2014) GLUCOSA DE MAÍZ. Determinación de cenizas sulfatadas. 1ª Edición NTP 209.209:1983 (revisada el 2014) GLUCOSA DE MAÍZ. Determinación del contenido de hierro. 1ª Edición NTP 209.710:2014 ADITIVOS ALIMENTARIOS. Agentes gelificantes. Definición y clasificación. 1ª Edición ADITIVOS ALIMENTARIOS. Sustancias inertes. Definición y clasificación. 1ª Edición ADITIVOS ALIMENTARIOS. Agentes de tratamiento de harinas. Definición y clasificación. 1ª Edición ADITIVOSALIMENTARIOS. Incrementadores de volumen. Definición y clasificación. 1ª Edición

NTP 209.711:2014

NTP 209.713:2014

NTP 209.712:2014

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Reconocen representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación de la mediana empresa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 276-2019-TR Lima, 13 de noviembre de 2019 VISTOS: La Carta CONFIEP PRE-243/19 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP, y el Informe N° 2689-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD y modificatorias, establecen que el Consejo Directivo de este organismo está integrado, entre otros, por tres representantes de los empleadores elegidos por cada uno de los grupos empresariales, uno de los cuales representa a la mediana empresa; y, que los mandatos son ejercidos por dos años, pudiendo ser renovados una sola vez por un periodo igual; Que, el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 00299-TR y modificatorias, prescribe, entre otros, que los representantes de los empleadores elegidos por cada

NTP 350.150:2004 (revisada el 2014) GRIFERÍA. Aleaciones de cobre-zinc para grifería sanitaria. 1ª Edición GP-ISO/IEC 37:2014 GP-ISO/IEC 51:2014 Instrucciones para el uso de productos por los consumidores. 1ª Edición ASPECTOS DE SEGURIDAD. Directrices para su inclusión en las normas. 3ª Edición Símbolos gráficos. Directrices técnicas para la consideración de las necesidades de los consumidores. 2ª Edición

GP-ISO/IEC 74:2014

Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO Directora Dirección De Normalización 1826243-1

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 163-2019-RE Lima, 13 de noviembre de 2019

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