Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2019 (19/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de noviembre de 2019 /

El Peruano

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del evento "Half Marathon Des Sables Perú 2019"
DECRETO SUPREMO Nº 010-2019-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modificatorias, el Estado orienta, fomenta y promueve el deporte en todas sus manifestaciones, pues constituye un factor importante para la recreación, mejora de la salud, renovación y desarrollo de potencialidades físicas y mentales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas; Que, el "Half Marathon Des Sables" es considerado como una de las carreras más intensas del mundo, que se realiza desde el año 2017 en las Islas Canarias del Reino de España, con la participación de más de trescientos competidores provenientes de diversos países. Esta carrera pedestre consiste en completar tres etapas de 120 kilómetros, donde cada competidor debe usar su equipo; Que, el "Half Marathon Des Sables Perú 2019" se realizará en el desierto de Ica, del 30 de noviembre al 06 de diciembre de 2019, con la participación de aproximadamente 1000 personas: 500 corredores, más de 250 personas de la organización (Francia y España principalmente), más de 150 personas acompañantes (familiares de los corredores), más de 45 periodistas de medios internacionales, brindando una gran exposición mundial del Perú como destino ideal para realizar actividades deportivas especializadas y turismo de aventura; Que, en ese sentido, el desarrollo del evento antes referido supone un impulso económico a las localidades involucradas, debido al uso de servicios de hotelería y transporte, entre otros, generando así, la promoción del destino en segmento de alto gasto, permitiendo el crecimiento de las inversiones en la zona donde se llevará a cabo dicho evento; Que, dada la importancia del evento "Half Marathon Des Sables Perú 2019", así como de sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan, y con el fin de asegurar las condiciones necesarias para el óptimo desarrollo del evento, el Estado Peruano debe facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes, en el marco de lo previsto en la Ley N° 29963 ­ Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, la cual exige que el referido evento sea declarado como tal por el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, en virtud de lo previamente expuesto, resulta necesario declarar de interés nacional la realización del evento "Half Marathon Des Sables Perú 2019", a realizarse del 30 de noviembre al 06 de diciembre de 2019, en los desiertos del departamento de Ica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, sus modificatorias y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárese de Interés Nacional el evento deportivo "Half Marathon Des Sables Perú 2019", que se llevará a cabo del 30 de noviembre al 06 de diciembre de 2019, en los desiertos del departamento de Ica.

Artículo 2.- Facilitación aduanera y de ingreso de participantes y bienes El Estado facilita los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes para la realización del evento declarado de interés nacional, conforme a la Ley N° 29963, Ley de Facilitación aduanera de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, a los dieciocho días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1828320-2

Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo en el Portal Institucional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 404-2019-MINCETUR Lima, 14 de noviembre de 2019 Visto, el Memorándum Nº 1249-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, señala que dicha entidad es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, fiscalizando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia; Que, la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, establece el marco general para el desarrollo y regulación de la actividad turística, precisando en su artículo 27 que son prestadores de servicios turísticos las personas naturales o jurídicas que participan en la actividad turística, con el objeto principal de proporcionar servicios turísticos directos de utilidad básica e indispensable para el desarrollo de la actividad de los turistas, estableciendo en su Anexo Nº 1, una lista de prestadores de servicios turísticos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2016-MINCETUR, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-MINCETUR y Nº 006-2018-MINCETUR, se aprobó el Reglamento de Agencias de Viajes y Turismo, con el objeto de establecer las disposiciones administrativas para la adecuada prestación del servicio de la agencia de viajes y turismo que opera en el país; asimismo, establece el procedimiento para su inscripción en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y las funciones de los órganos competentes en dicha materia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 233-2019-MINCETUR, se aprobó el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021", cuyo objetivo general es fomentar la formalización y mejora de la competitividad en la prestación de los servicios turísticos; Que, para alcanzar el citado objetivo general, el Plan propone el desarrollo de diversas actividades, entre las cuales se encuentra: "Identificar y promover las mejoras aplicables al marco normativo que obstaculicen la aplicación de las normas sectoriales"; Que, en dicho contexto, el MINCETUR considera necesario elaborar y aprobar un nuevo reglamento que

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