Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2019 (19/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de noviembre de 2019 /

El Peruano

¿Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir las áreas de los bienes inmuebles expropiados a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas de los inmuebles afectados. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de las Tasaciones pagados directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los bienes inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros

Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de las expropiaciones, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas de los inmuebles desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para los lanzamientos o tomas de posesión de las áreas de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO 1 VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHUQUICARA-PUENTE QUIROZTAUCA-CABANA-HUANDOVAL-PALLASCA, TRAMO: TAUCA-PALLASCA" No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: CVC-TA-246 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Total del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

AREA AFECTADA: 1091.00 m²

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADO 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-1 DISTANCIA (m) 19.24 40.66 16.13 4.95 3.60 2.14 1.98 1.96 1.04 0.94 4.73 20.38 22.88 8.99 15.97 4.68 5.52 17.10 WGS84 ESTE (X) NORTE (Y)

Norte: Colinda con U.C. N° 135256, con 76.03 m.

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

829072.9375 9070822.1864 829092.1665 9070821.5964 829132.8262 9070821.9362 829148.9383 9070822.6560 829153.0200 9070819.8566 829155.5596 9070817.3072 829156.4502 9070815.3576 829156.8212 9070813.4080 829156.7388 9070811.4485 829156.3677 9070810.4787 829155.6256 9070809.8988 829150.9090 9070809.5189 829130.5256 9070809.6489 829107.6519 9070808.9691 829098.7301 9070807.8694 829082.7581 9070807.7595 829078.1817 9070806.7797 829072.9292 9070805.0901 1,909.25

Sur: Colinda con Carretera Tauca - Pallasca (Red Vial Nacional PE-3N), con 83.15 m. Este: Colinda con Carretera Tauca - Pallasca (Red Vial Nacional PE-3N), con 16.61 m.

Oeste: Colinda con Camino sin nombre, con 17.10 m.

MINISTERIO DE ZOILA TRANSPORTES Y MONICA COMUNICACIONES SIFUENTES - PROVIAS VASQUEZ NACIONAL

PARTIDA REGISTRAL: N° 11019557 perteneciente a la Oficina Registral de Chimbote, Zona Registral N° VII, Sede Huaraz.

16 17 18

CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 27.03.2019 (Informe Técnico N° 2225-2019.Z.R.N° VII/OC-CHIMB) por la Oficina Registral Chimbote de la Zona Registral N° VII, Sede Huaraz. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 04/04/2019 por la Oficina Registral Chimbote, Zona Registral N° VII, Sede Huaraz.

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