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41 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2020 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 DECRETO SUPREMO Nº 030-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2020”, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2020; Que, de conformidad con lo establecido por el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales- Año Fiscal 2020 podrán ser modi fi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual 2020 a favor de diversos organismos internacionales, por lo que resulta necesario modi fi car el referido Anexo a fi n de efectuar el pago correspondiente; Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de diversos organismos internacionales; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y del numeral 1.3. del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2020; DECRETA: Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia de la Protección de la Propiedad Intelectual, respecto de los siguientes organismos internacionales: Pliego PresupuestarioMonto en S/. Persona Jurídica 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI42 667.94 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) 5 260 Asociación Internacional de Reguladores de Insolvencia (IAIR) 42 912 Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) 16 000 Organización para una Red Internacional de Indicaciones Geográ fi cas (ORIGIN) 47 040 Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros MARIO JUVENAL LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1878878-3 SALUD Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Ingeniería, para contar con asesoría y realizar el diagnóstico técnico de plantas de generación de oxígeno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 643-2020/MINSA Lima, 18 de agosto del 2020Visto, el Expediente Nº 20-055792-001, que contienen el Informe Nº 513-2020-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; los Memorando Nº 1695-2020-DGOS/MINSA y Nº 1844-2020-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud; y, la Nota Informativa Nº 591-2020-OGAJ/MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1168-2019/MINSA, de fecha 26 de diciembre de 2019, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2020 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 066-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para incrementar la producción y el acceso a sistemas de oxígeno medicinal para el tratamiento del coronavirus y reforzar la respuesta sanitaria, en el marco del estado de emergencia nacional por el COVID-19, autoriza al Ministerio de Salud a suscribir convenios de cooperación interinstitucional con universidades públicas, con la fi nalidad de contar con asesoría técnica, dotación de servicios y otros, vinculados a la ejecución de los alcances del precitado Decreto de Urgencia; Que, asimismo el artículo 9 del citado Decreto de Urgencia establece que el Ministerio de Salud queda autorizado a realizar transferencias fi nancieras a favor universidades públicas, a fi n de cubrir los costos operativos en los que dichas universidades incurran en el marco de lo dispuesto en dicho artículo, las que se aprueban mediante resolución del Titular del Ministerio de Salud, previa opinión favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en el marco de la norma antes citada, el 24 de junio de 2020 se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Salud – MINSA y la Universidad Nacional de Ingeniería para contar con