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74 NORMAS LEGALES Viernes 11 de diciembre de 2020 / El Peruano EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal – Virtual de fecha 04 de Diciembre del 2020, el Expediente N° 31908-2020 – OFICIO N° 457-2020-MML-GDU-SPHU, de fecha 21 de setiembre del 2020, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del cual remite el expediente de la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque sobre: “CAMBIO DE ZONIFICACION DE ZONA DE PROTECCION Y TRATAMIENTO PAISAJISTA (PTP) E INDUSTRIA LIVIANA (12) A RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM), DEL PREDIO DE SU PROPIEDAD DE 30,476.53 M2, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 070144007, DISTRITO DE EL AGUSTINO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme al numeral 1) del artículo 73° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales asumen las competencias y ejercen funciones especí fi cas, en la organización del espacio fi sico y usos del suelo de sus respectivas jurisdicciones. Asimismo, en su artículo 78°, establece que el ejercicio de las competencias y funciones especí fi cas de las municipalidades se realiza de conformidad y con sujeción a las normas técnicas sobre la materia, por lo que el área técnica y responsable para la veri fi cación y ejecución corresponde a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas y la Gerencia de Desarrollo Urbano respectivamente, Que, mediante Informe N° 291-2020-GDU-MDEA, de fecha 19 de noviembre de 2020, la Gerencia de Desarrollo Urbano, emite opinión técnica favorable sobre el cambio de zoni fi cación formulado por la Asociación de Pobladores de Las Lomas del Bosque, señalando que está de acuerdo con el Proyecto de Desarrollo Urbano y Territorial de la Municipalidad de El Agustino, toda vez que responde a un contexto urbano consolidado, conformado por edi fi caciones destinadas a uso de viviendas, que corresponde a una zoni fi cación Residencial de Densidad Media (RDM) y poder garantizar el desarrollo urbano, económico y social para el crecimiento distrital. Que, mediante informe N° 291-2020-GAJ-MDEA, de fecha 26 de noviembre del 2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica menciona que es VIABLE, la solicitud de cambio de zoni fi cación de Zona de Protección Paisajista a Zona Residencial de Densidad Media (RDM) solicitado por la Asociación de Pobladores La Lomas del Bosque, conforme lo establece el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano (D.S. N°. 004-2011-VIVIENDA). Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 3) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, El Concejo Municipal por UNANIMIDAD de votos y con la dispensa de trámite de comisiones, lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, el cambio de zonifi cación de zona de protección y tratamiento paisajista (PTP) e industria liviana (12) a residencial de densidad media (RDM), del predio de propiedad de la Asociación de Pobladores de Lomas del Bosque de 30,476.53 m2, inscrito en la partida N° 070144007, distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas administrativas de la Municipalidad el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y su respectiva comunicación a la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Asociación de Pobladores Las Lomas del Bosque. Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Sub Gerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional (www.mdea.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplaseVICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1910939-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que Autoriza el Sorteo Público “Paga tu Impuesto Predial 2020 y Llévate Fabulosos Premios” ORDENANZA N°356/MLV La Victoria, 7 de diciembre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria virtual del 7 de diciembre de 2020. VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales; y de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, gozan de competencia de crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo 74º de la Constitución Política, en concordancia con el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO- del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catoria, conforme al numeral 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, otorga a los gobiernos locales potestad para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, a efectos de promover el pago oportuno del Impuesto Predial del ejercicio fi scal 2020, así como mantener la efectividad de la recaudación tributaria e incentivar a los contribuyentes que no se encuentran al día en el pago de su obligación tributaria a que cumplan con las mismas, se ha visto por conveniente efectuar un sorteo que premie a aquellos contribuyentes que han cancelado y/o cancelen su deuda tributaria, Impuesto Predial, del ejercicio fi scal 2020 de manera oportuna;