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31 NORMAS LEGALES Viernes 18 de diciembre de 2020 El Peruano / por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de los menores de iniciales P.A.G.C. y N.P.G.C., representados por su señora madre Yajaira Artemiza Castillo Rivera; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y en sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1913134-4 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano de nacionalidad peruana y disponen su presentación por vía diplomática a la República Italiana RESOLUCIÓN SUPREMA N° 274-2020-JUS Lima, 17 de diciembre de 2020 VISTO; el Informe Nº 137-2020/COE-TPC, del 10 de noviembre de 2020, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JUAN JOSÉ VARGAS RAMÍREZ a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Emma Paola Villena Lamela y Mosiah Arturo Martínez Arbe; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 24 de setiembre de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JUAN JOSÉ VARGAS RAMÍREZ a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Emma Paola Villena Lamela y Mosiah Arturo Martínez Arbe (Expediente Nº 126-2018); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 137-2020/COE-TPC, del 10 de noviembre de 2020, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Emma Paola Villena Lamela y Mosiah Arturo Martínez Arbe; Que, también propone la mencionada Comisión, requerir que las Autoridades Centrales de ambos países verifi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición; Que, conforme al Tratado de Extradición entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, suscrito el 24 de noviembre de 1994 y vigente desde el 7 de abril de 2005, así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JUAN JOSÉ VARGAS RAMÍREZ a la República Italiana, formulada por la Segunda Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Emma Paola Villena Lamela y Mosiah Arturo Martínez Arbe; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, conforme al Tratado vigente y a la normativa interna aplicable al caso. Artículo 2.- Disponer que las Autoridades Centrales de ambos países veri fi quen, en lo que a cada una corresponda, que el traslado se realice con todas las garantías necesarias para prevenir el riesgo de contagio del COVID-19 en el reclamado y sus custodios como acto previo a la ejecución de su extradición. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELIZABETH ASTETE RODRÍGUEZ Ministra de Relaciones Exteriores 1913134-5 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana de nacionalidad holandesa y disponen su presentación por vía diplomática a la República Francesa RESOLUCIÓN SUPREMA N° 275-2020-JUS Lima, 17 de diciembre de 2020