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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 207

207 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / de los Registros Públicos-SUNARP y, en caso contrario, que dicha circunstancia sea declarada al momento de incorporarse o habilitarse como Martillero Público; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS de fecha 14 de octubre del 2013 y en virtud de la Resolución del Gerente General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 0068-2020-SUNARP/GG del 25 de mayo de 2020; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los formatos anexos, que serán utilizados para la incorporación y habilitación de Martilleros Públicos a partir del año 2021, que forman parte integrante de la presente resolución y que a continuación se detallan: a) Formato Anexo 01: Declaración Jurada de no haber sido condenado por delito doloso común. b) Formato Anexo 02: Declaración Jurada de no tener vínculos de parentesco. Artículo Segundo.- DISPONER que los formatos descritos en el artículo anterior, sean presentados por los postulantes en los procesos de evaluación para incorporación y en la habilitación anual de Martilleros Públicos, los mismos que podrán ser obtenidos de la pagina web institucional a través de “Formatos y Formularios Registrales” - “Otros Formatos”, pudiendo ser presentados en otro formato distinto al aprobado. Artículo Tercero.- DISPONER que a través de la Unidad de Comunicaciones, se ejecuten las acciones respetivas destinadas a su publicación en la intranet y en la página web institucional los Formatos Anexo 01 y Anexo 02, precitados en el artículo primero. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE ANTONIO PEREZ SOTO Jefe (e) de la Zona Registral N°IXSede Lima 1916411-1 Amplían actos de presentación exclusiva a través del SID SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 200-2020-SUNARP/SN Lima, 30 de diciembre de 2020 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES