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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (31/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 218

218 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 / El Peruano de la Entidad, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. b) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Artículo 3.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Gestión de las Personas de SUSALUD: a) Suscribir los contratos administrativos de servicios (CAS), sus respectivas adendas, así como las cartas de no renovación o no prórroga de dichos contratos. b) Registrar en el aplicativo informático del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo - MTPE, las ofertas de empleo de SUSALUD; en concordancia con lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 003-2018-TR, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo N° 083-2019-PCM. c) Elevar los recursos de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil, previa veri fi cación de los requisitos de admisibilidad exigidos en el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; así como ejecutar lo dispuesto en las resoluciones expedidas por el referido tribunal administrativo. d) Conducir y suscribir la documentación referida a los afi liados y/o asegurados, en diversas entidades públicas y privadas (ONP, AFPs, ESSALUD). e) Suscribir, en representación de SUSALUD, los convenios de prácticas (pre profesionales, profesionales u otros) celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-TR y modi fi catorias. f) Representar a SUSALUD ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para intervenir en cualquier tipo de diligencias relacionadas con las inspecciones de trabajo que sean sobre temas laborales, denuncias y gestiones de índole laboral que se lleven a cabo tanto en las instalaciones de SUSALUD como en la SUNAFIL y/o MTPE; y sin perjuicio de las facultades que ostenta el Procurador Público de SUSALUD. Artículo 4.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Director (a) General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de SUSALUD: a) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la Entidad, contenidas en el Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2021, y demás normas complementarias, vinculadas con la materia. Artículo 5.- Delegar las siguientes facultades en el (la) Superintendente Adjunto (a) de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud – SADERECHOS de SUSALUD: a) Resolver los recursos administrativos de apelación interpuestos contra los actos administrativos emitidos por la IMRSN. b) Resolver las quejas por defectos de tramitación de los procedimientos realizados por la IMRSN, salvo en aquellos procedimientos en los que el Tribunal de SUSALUD sea instancia de apelación, de ser el caso. c) Resolver las solicitudes de declaración de nulidad presentadas contra los actos administrativos emitidos por la IMRSN; así como la facultad para declarar de o fi cio la nulidad de tales actos. Esta delegación de facultades, sólo surte efectos sobre aquellos procedimientos que hayan sido iniciados durante la vigencia del Decreto Supremo N° 030-2016-SA, conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 002-2019-SA, que derogó el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2016-SA. Artículo 6.- Observancia de los requisitos legales La delegación de facultades previstas por la presente Resolución es indelegable y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no eximen de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 7.- Obligaciones dar cuenta Los directivos públicos delegados, deben informar, bajo responsabilidad, trimestralmente al Superintendente de SUSALUD sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 8.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución a los directivos públicos responsables a quienes se les delega facultades, para su cumplimiento y difusión. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar de SUSALUD. Artículo 10.- Vigencia Las delegaciones efectuadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre del 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1916234-3 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Delegan a los Presidentes de las Cortes Superiores Justicia del país, la facultad de imponer la medida disciplinaria de destitución a los servidores judiciales de su jurisdicción, por las causales de despido previstas en los literales b) y c) del artículo 24° del TUO del D. Leg. N° 728 CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000383-2020-CE-PJ Lima, 29 de Diciembre del 2020VISTO:El O fi cio N° 942-2019-GRHB-GG-PJ cursado por el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene consulta sobre la Resolución Administrativa N° 457-2018-GG-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 097-2018-GG-PJ, del 22 de febrero de 2018, en aplicación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se declaró como entidades Tipo B para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a las Cortes Superiores de Justicia que vienen funcionando como Unidades Ejecutoras, a partir de dicha fecha y hasta la entrada en vigencia del régimen disciplinario previsto por la Ley de la Carrera del Trabajador Judicial. Segundo. Que, la Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 103-2018-GG-PJ,