Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2020 (18/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 18 de enero de 2020

NORMAS LEGALES
Vértice 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 Lado 25-26 26-27 27-28 28-29 29-30 30-31 31-32 32-33 33-34 34-35 35-36 36-37 37-38 38-1 TOTAL Distancia 39.81 145.96 106.56 41.55 72.99 97.17 57.81 78.2 73.99 34.2 97.89 78.14 94.53 65.2 5119.07 Ángulo interno 230°30'1" 74°30'41" 181°46'32" 143°51'32" 228°54'0" 143°21'25" 179°33'5" 170°30'7" 171°48'1" 233°48'35" 140°2'9" 253°57'36" 52°52'52" 176°1'16" 6480°0'1" Este (X) 756261.8276 756288.0072 756156.4089 756061.8101 756020.7406 755964.9614 755867.9727 755810.2435 755732.5347 755660.9457 755634.4361 755536.5574 755513.9476 755458.2985 Norte (Y)

19
9073365.5049 9073335.5152 9073272.3764 9073223.3274 9073229.6374 9073182.5582 9073176.5885 9073173.4886 9073182.2387 9073200.9186 9073179.3090 9073180.6393 9073105.8404 9073182.2594

motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser notificados al administrado conjuntamente con el acto administrativo"; Que, mediante Informe N° 000014-2020-DSFL/MC, de fecha 10 de enero de 2020, sustentado en el Informe N° 000004-2020-DSFL-MGC/MC, de la misma fecha, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 01-2019-DDC-LIB-MC y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Huaca El Gallo y La Gallina"; Que, mediante Informe Nº 000011-2020-DGPA-LRS/ MC, de fecha 14 de enero de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomendó emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico "Huaca El Gallo y La Gallina"; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0112006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCICMC; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico "Huaca El Gallo y La Gallina", ubicado en el distrito y provincia de Virú, departamento de La Libertad. De acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV001-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 17 Sur Coordenadas de referencia: 755827 E; 9073823 N.
Cuadro de Datos Técnicos SITIO ARQUEOLÓGICO "HUACA EL GALLO Y LA GALLINA" Vértice 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 Lado 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-16 16-17 17-18 18-19 19-20 20-21 21-22 22-23 23-24 24-25 Distancia 69.48 86.64 71.18 102.97 76.18 118.38 69.43 100.77 46.61 116.23 43.6 404.3 97.36 366.98 687.62 209.33 265.94 334.7 208.26 134.01 152.16 136.74 84.24 51.96 Ángulo interno 206°8'27" 169°11'21" 188°56'51" 243°32'15" 87°34'16" 174°12'53" 171°10'51" 173°25'49" 90°37'3" 146°35'41" 257°55'37" 189°28'53" 85°0'43" 267°30'1" 168°36'35" 86°21'26" 150°43'43" 146°37'15" 185°50'26" 255°51'9" 150°40'49" 93°20'24" 240°14'12" 168°55'29" Este (X) 755423.6692 755364.6000 755300.8111 755241.5521 755152.2832 755117.1439 755073.4048 755057.9451 755046.8955 755093.1649 755197.1933 755224.3730 755420.9007 755501.5497 755720.2074 756230.9013 756360.9090 756403.0778 756265.5791 756199.7895 756312.7377 756384.4464 756267.8068 756270.2976 Norte (Y) 9073237.4987 9073274.0884 9073332.7177 9073372.1473 9073320.8181 9073388.4073 9073498.4058 9073566.0950 9073666.2535 9073671.8633 9073620.0139 9073654.1033 9074007.4246 9073952.8783 9074247.6036 9074708.0459 9074543.9879 9074281.4115 9073976.2562 9073778.6591 9073706.5299 9073572.3317 9073500.9730 9073416.7741

Área: 1'171,592.02 m2; (117.1592 ha); Perímetro: 5,119.07 m. Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 01-2019-DDC-LIB-MC, así como en los Informes N° 000004-2020-DSFL-MGC/MC y N° 000014-2020-DSFL/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especificado en el artículo precedente, la paralización de toda acción de remoción del suelo arqueológico, el anclaje de hitos y señalización que indique el carácter intangible del Sitio Arqueológico "Huaca El Gallo y La Gallina". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad, la ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Provincial de Virú, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 0112006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 01-2019-DDCLIB-MC, el Informe N° 000004-2020-DSFL-MGC/MC, el Informe N° 000014-2020-DSFL/MC, el Informe Nº 000011-2020-DGPA-LRS/MC, y el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-001-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJIA HUAMÁN Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1846740-1

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