Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2020 (18/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, la participación en el evento antes indicado, permitirá compartir experiencias de buenas prácticas de transparencia e institucionalidad fiscal con el Consejo Fiscal de Irlanda y establecer vínculos de cooperación con los países participantes; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Waldo Epifanio Mendoza Bellido, Presidente del Consejo Fiscal y de la señora Brigitt Bruna Bencich Aguilar, Directora de Estudios Macrofiscales de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal en el citado evento, toda vez que ello permitirá contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas de dicho Consejo; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva Nº 001-2017EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Waldo Epifanio Mendoza Bellido, Presidente del Consejo Fiscal y de la señora Brigitt Bruna Bencich Aguilar, Directora de Estudios Macrofiscales de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, a la ciudad de Dublín, República de Irlanda, del 14 al 19 de abril de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos de los comisionados, que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, se efectuarán con cargo al presupuesto de la Secretaría Técnica del Consejo Fiscal, de acuerdo con el siguiente detalle: Waldo Epifanio Mendoza Bellido Pasajes aéreos : US$ 2 800,00 Viáticos (2+1) : US$ 1 620,00 Brigitt Bruna Bencich Aguilar Pasajes aéreos : US$ 2 800,00 Viáticos (2+1) : US$ 1 620,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los citados comisionados deben presentar ante la Titular del Sector y ante el Titular de la Entidad, respectivamente, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1846693-1

Aprueban la Directiva Nº 001-2020EF/51.01 "Lineamientos para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria del Primer Semestre y Anual de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE de las Entidades Gubernamentales"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2020-EF/51.01 Lima, 3 de enero de 2020 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en los incisos 1, 2 y 4 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, son funciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, establecer las condiciones normativas para la presentación de la rendición de cuentas de las entidades del Sector Público, a fin de elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, necesarias para realizar el planeamiento y la toma de decisiones, facilitar el control y la fiscalización de la gestión pública; Que, en el marco de las atribuciones establecidas en el artículo 7 de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, Ley derogada por el numeral 1 de la Disposición Complementaria Derogatoria Única del Decreto Legislativo N° 1438, se emitió la Directiva Nº 004-2016-EF/51.01 "Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria Semestral y Anual por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE de las Entidades Gubernamentales", aprobada por la Resolución Directoral N° 011-2016-EF/51.01, la cual, por los cambios en los procedimientos de presentación de las rendiciones de cuenta, es necesario derogar; Que, el Decreto de Urgencia N° 088-2001 establece disposiciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estimulo de las entidades públicas, decretando en el artículo 4 que los Comités de las diversas entidades públicas presentan al Titular de la entidad, a la Contraloría General de la República y a la Contaduría General de la República (hoy, Dirección General de Contabilidad Publica), sus estados financieros debidamente auditados al término de cada ejercicio en los términos que señala la ley; Que, conforme al proceso de mejora de los requerimientos de información contable, corresponde disponer que con fines de la presentación de los estados financieros e información complementaria del primer semestre y anual, a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE de las Entidades Gubernamentales, presenten los formatos por medios digitales, con las firmas de los funcionarios responsables, a través del aplicativo web "Presentación Digital de la Rendición de Cuentas"; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo propuesto por la Dirección de Normatividad y la Dirección de Empresas Públicas de la Dirección General de Contabilidad Pública, en el ámbito de las funciones establecidas en los incisos 1, 2 y 4 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 001-2020-EF/51.01 "Lineamientos para la Preparación y Presentación de los Estados Financieros e Información Complementaria del Primer Semestre y Anual de los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE de las Entidades Gubernamentales", cuya vigencia rige a partir del cierre contable del ejercicio fiscal 2019.

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