Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2020 (20/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Lunes 20 de enero de 2020

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la misma, el cual se encuentra establecido en sus Estatutos; Que, con Informe N° D000846-2019-DIA/MC de fecha 11 de diciembre de 2019, la Dirección de Artes manifiesta que la prestación de servicios culturales se encuentra acorde con el objeto que consta en sus Estatutos de la Asociación, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, y que se ha cumplido con adjuntar los requisitos exigidos para el otorgamiento de la inafectación solicitada; Que, con el Informe N° 000005-2020-DGIA/MC de fecha 08 de enero de 2020, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales de la citada Asociación se encuentra acorde al objeto social que consta en los Estatutos de dicha institución cultural; recomendando continuar el trámite de su solicitud de autorización de inafectación del Impuesto General a las Ventas en los servicios culturales prestados; Que, a través del Informe N° 000005-2020-OGAJJMA/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que se proceda a autorizar la inafectación del Impuesto General a la Ventas (lGV), respecto a la prestación de servicios culturales de la referida Asociación, conforme se indica en sus Estatutos, durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 0182013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Civil denominada "Selvámonos", conforme se indica en sus Estatutos, durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura. Artículo 2.- Notifíquese la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SONIA GUILLÉN ONEEGLIO Ministra de Cultura 1847049-3

Que, mediante Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2020, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, de conformidad con las condiciones, procedimientos y demás normas complementarias, que son aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el titular del Ministerio de Cultura; para lo cual, éste último dispone para el Año Fiscal 2020, de una suma no mayor a cuatro mil (4000) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que, el artículo 8 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes aprueba las Bases y sus anexos necesarios relacionados a cada convocatoria pública; Que, con Resolución Viceministerial N° 011-2020-VMPCIC/MC, de fecha 14 de enero de 2020, se aprobó el `Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográfica y Audiovisual para el año 2020'; Que, mediante informe N° 00019-2020-DAFO/ MC, de fecha 16 de enero de 2020, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios remite a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes la propuesta de Bases de la primera convocatoria que se detalla a continuación: Estímulo a la Distribución Cinematográfica­ 2020 y Estímulo a la Promoción Internacional ­ 2020; Que, estando visado por el Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y el Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0142019, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MC. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébese las Bases de la primera convocatoria que se detallan a continuación, las cuales como Anexos forman parte integrante de la presente resolución: - Estímulo a la Distribución Cinematográfica ­ 2020 - Estímulo a la Promoción Internacional ­ 2020 Artículo Segundo.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial `El Peruano'. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX ANTONIO LOSSIO CHÁVEZ Director General Dirección General de Industrias Culturales y Artes 1847037-1

Aprueban Bases de la primera convocatoria del Estímulo a la Distribución Cinematográfica - 2020 y del Estímulo a la Promoción Internacional - 2020
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000025-2020-DGIA/MC San Borja, 17 de enero del 2020 VISTO, el informe N° 00019-2020-DAFO/MC, de fecha 16 de enero de 2020, de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; y,

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