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27 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de julio de 2020 El Peruano / sido declaradas como “oferta nueva”; señalando a ese respecto, que la solicitud de creación de oferta nueva no permite que estos programas puedan ser ofrecidos y/o prestados sino hasta la obtención de la licencia institucional. El 29 de agosto del 2018, mediante O fi cio N° 49-2018-R-UCP 16, la Universidad presentó información referente a los locales declarados conducentes a grado, adjuntando veintiún (21) folios. Por O fi cio N° 653-2018/SUNEDU-02-12 del 4 de septiembre de 2018, la Dilic le requirió a la Universidad la presentación de un Plan de Adecuación (en adelante, PDA) en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, al haber concluido con resultado desfavorable el Informe de Verifi cación Presencial. Mediante O fi cio N° 052-2018-R-UCP 17 del 26 de septiembre de 2018, la Universidad solicitó prórroga para la presentación del PDA, la cual fue concedida mediante Ofi cio N° 694-2018/SUNEDU-02-12 del 2 de octubre de 2018, por un plazo de diez (10) días hábiles adicionales al inicialmente otorgado. Mediante O fi cio N° 55-2018-R-UCP 18 del 17 de octubre del 2018, la Universidad remitió su propuesta de PDA, contenido en sesenta y un (61) folios, declarando un periodo de ejecución e implementación comprendido hasta el 31 de diciembre de 2018. Mediante O fi cios N° 56-2018-R-UCP y 191-2018-R-UCP 19 del 24 y 31 de octubre de 2018, respectivamente, la Universidad remitió información adicional vinculada al PDA en dieciocho (18) folios. Mediante O fi cio N° 19-2019-R-UCP 20 del 3 de junio de 2019, la Universidad remitió información económica fi nanciera vinculada al PDA, en un total de ciento setenta y tres (173) folios. Mediante O fi cio N° 34-2019-R-UCP 21 del 5 de julio de 2019, la Universidad presentó el Informe de Cumplimiento del PDA, contenido en quince mil trescientos noventa y ocho (15 398) folios. En virtud de lo cual, la Dilic a través del O fi cio N° 270-2019/SUNEDU-02-12 del 19 de julio de 2019 noti fi có a la Universidad la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento, por el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles. El 11 de julio de 2019, mediante Memorando N° 0201-2019-SUNEDU-02-14, la Dirección de Fiscalización y Sanción de la Sunedu (en adelante, Di fi sa) informó a la Dilic – entre otros puntos- que por Resolución del Consejo Directivo N° 153-2018-SUNEDU/CD del 20 de noviembre de 2019, se resolvió archivar el procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra la Universidad por la presunta comisión de las conductas infractoras tipi fi cadas en los numerales 1.1 y 1.2 del Anexo del antiguo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu 22, ya que habría convocado y llevado a cabo un proceso de admisión y de matrícula, y prestado el servicio educativo superior universitario del programa de posgrado de Maestría en Auditoría, sin contar con la autorización o licencia de la Sunedu 23. Mediante O fi cio N° 35-2019-R-UCP24 del 15 de julio de 2019, la Universidad presentó documentación complementaria referida a la ejecución y cumplimiento del PDA, en ciento nueve (109) folios. A través del O fi cio N° 498-2019-SUNEDU-02-12 del 30 de octubre de 2019, se noti fi có a la Universidad la Resolución de Trámite N° 13 del 24 de octubre de 2019, mediante la cual la Dilic resolvió realizar una diligencia de actuación probatoria (en adelante, DAP 2019) los días 6 al 8 y 11 al 15 de noviembre de 2019, en los locales de la Universidad 25, a fi n de veri fi car lo señalado en el Informe de Cumplimiento del PDA y el cumplimiento de las CBC; suspendiéndose el cómputo del plazo del procedimiento por un máximo de quince (15) días hábiles. La referida diligencia, se llevó a cabo en las fechas programadas, fi rmándose las respectivas actas de inicio y fi n. Durante su realización, se recabaron medios probatorios referentes a las CBC I, III, IV, V, VI, VII y VIII, contenida en diez mil novecientos noventa y dos (10 992) folios. Posteriormente, los días 20, 21, 22 y 25 de noviembre de 2019 26, 28 de enero27, 7 y 10 de febrero de 202028, la Universidad presentó información complementaria a la recabada durante la DAP 2019, en un total de nueve mil novecientos diez (9 910) folios. Mediante O fi cios N° 18-2020-R-UCP, 19-2020-R-UCP, 20-2020-R-UCP del 11 de febrero de 2020 29; N° 21-2020-R-UCP del 12 de febrero de 202030; y N° 23-2020-R-UCP del 14 de febrero de 202031, la Universidad presentó información complementaria relacionada a los indicadores de las CBC, contenida en cuatro mil ciento treinta y cinco (4 135) folios. Mediante correo electrónico institucional del 28 de febrero de 2020, la Universidad presentó información actualizada, así como la Resolución N° 15-2020-AGA-UCP del 23 de febrero de 2020, que rati fi ca el desistimiento de programas de pregrado, posgrado y de complementación universitaria y pedagógica; por lo que, mediante Resolución de Trámite N° 15 del 28 de febrero de 2020, se resolvió incorporar al expediente dicha información. Asimismo, mediante correo electrónico institucional del 5 de marzo de 2020, la Universidad presentó información actualizada, así como la Resolución N° 17-2020-AGA-UCP del 3 de marzo de 2020, que rati fi ca el desistimiento de programas de pregrado, posgrado y de segunda especialidad y la Resolución N° 88-2020-CD-UCP del 25 de febrero de 2020, por lo que, mediante Resolución de Trámite N° 16 del 5 de marzo de 2020, se resolvió incorporar al expediente dicha información. Cabe indicar que, adicionalmente, durante el 2017, 2018, 2019 y 2020, se llevaron a cabo trece (13) reuniones 32 entre la Dilic y representantes de la Universidad, sobre aspectos relacionados al presente procedimiento. III. Desistimiento de la oferta académica La Universidad declaró en su SLI, como parte de su oferta académica, un total de cincuenta y cuatro (54) programas de estudios, conformados por treinta y tres (33) programas de pregrado conducentes a grado de bachiller y título profesional, nueve (9) programas de posgrado, de los cuales, ocho (8) son conducentes a grado de maestro 33 y un (1) programa conducente a grado de doctor, todos autorizados previamente y declarados como oferta existente y; doce (12) programas de posgrado; de los cuales, diez (10) conducentes a grado de maestro y dos (2) conducentes a grado de doctor, declarados como oferta nueva. 16 RTD N° 37863-2018-SUNEDU-TD. 17 RCD N° 41883-2018-SUNEDU-TD. 18 RTD N° 44744-2018-SUNEDU-TD. 19 RTD N° 45647-2018-SUNEDU-TD y 46775-2018-SUNEDU-TD, respectivamente. 20 RTD N° 23872-2019-SUNEDU-TD. 21 RTD N° 28867-2019-SUNEDU-TD. 22 Publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 20 de diciembre de 2015. 23 Cabe precisar que, la ausencia de culpabilidad no supone que las conductas veri fi cadas sean legítimas, es decir, la falta de certeza sobre la antijuridicidad de la convocatoria y realización del proceso de admisión y matrícula y la prestación del programa cuestionado, no desvirtúa su ilegalidad, sino únicamente la exime de responsabilidad. 24 RTD N° 30033-2019-SUNEDU-TD. 25 Realizada en los tres (3) locales declarados por la Universidad, ubicados en Av. Abelardo Quiñones K.M 2.5, distrito San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto (SL01); Jr. Leoncio Prado N° 1070, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín (FL01); y, Jr. Martínez de Compagnon N° 933, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín (FL02). 26 Re fi ere a los O fi cios N° 65, 66, 67, 68, 69, 71 y 73-2019-R-UCP, mediante los cuales la Universidad presentó un total de dos mil cuarenta y cinco (2 045) folios. 27 Re fi ere al O fi cio N° 12-2020-R-UCP, la Universidad presentó información complementaria posterior a la DAP en un total de cinco mil trescientos catorce (5 314) folios. 28 Re fi ere al O fi cio N° 14, 14[sic], 16 y 17-2020-R-UCP, la Universidad presentó información complementaria posterior a la DAP en un total de mil seiscientos cincuenta y un (1 651) folios. 29 RTD N° 7431-2020-SUNEDU-TD, RTD N° 7425-2020-SUNEDU-TD y RTD N° 7429-2020-SUNEDU-TD, respectivamente. 30 RTD N° 7448-2020-SUNEDU-TD. 31 RTD N° 8168-2020-SUNEDU-TD. 32 Las referidas reuniones se realizaron los días 2 de febrero, 20 de julio y 15 de septiembre de 2017; 22 de enero, 28 de febrero, 23 de abril, 21 de junio, 25 de septiembre y 26 de diciembre de 2018; 8 de mayo de 2019; y, 14 de enero, 10 y 18 de 2020. 33 No se contabiliza el programa no autorizado de Maestría en Auditoría.