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28 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de julio de 2020 / El Peruano Asimismo, la Universidad actualizó la información declarada, adicionando un total de ochenta y nueve (89) programas de estudios: conformados por treinta y cinco (35) programas de pregrado conducente a grado de bachiller y título profesional y treinta y siete (37) programas no regulares de complementación universitaria y pedagógica –los cuales se encuentran en proceso de cierre 34; dieciséis (16) programas de posgrado, de los cuales, quince (15) conducentes a grado de maestro y un (1) programa conducente a grado de doctor; y, un (1) programa de segunda especialidad; todos en la modalidad presencial, autorizados previamente y declarados como oferta existente; por lo que la oferta académica de la Universidad correspondía a un total de ciento cuarenta y tres (143) programas de estudios 35. Posteriormente, la Universidad solicitó el desistimiento de ciento dieciséis (116) programas de estudios; de los cuales, cincuenta (50) son conducentes a grado de bachiller y título profesional, treinta y siete (37) son programas no regulares de complementación universitaria y pedagógica, dieciséis (16) son programas de posgrado -catorce (14) conducentes a grado de maestro y dos (2) a grado de doctor-; y un (1) programa de segunda especialidad, todos en la modalidad presencial, autorizados previamente y declarados como oferta existente; y doce (12) programas de posgrado, de los cuales, diez (10) son conducentes a grado de maestro y dos (2) conducentes a grado de doctor, declarados como oferta nueva, adjuntando la Resolución de Asamblea General de Asociados N° 15-2020-AGA-UPC del 23 de febrero de 2020 y N° 17-2020-AGA-UPC del 3 de marzo de 2020, órgano competente de acuerdo al artículo 76 numeral 14) del Estatuto vigente 36, la cual ratifi ca el desistimiento de los programas referidos, conforme se señala en el Anexo 1, Tabla 2 del Informe Complementario N° 027-2020-SUNEDU-02-12. En ese sentido, la Universidad solicitó el desistimiento de la totalidad de la oferta nueva académica presentada en su SLI. Cabe indicar que, de los ciento dieciséis (116) programas de estudio desistidos, cincuenta y cuatro (54) programas de pregrado 37, han sido declarados con fi nes de registro de grado o título profesional, conforme se detalla en el Anexo 1, Tabla 3 del Informe Complementario N° 027-2020-SUNEDU-02-12. En consecuencia, la oferta educativa actual de la Universidad es de ochenta y un (81) programas de estudio conformados por dieciocho (18) conducentes a grado de bachiller y título profesional, nueve (9) conducentes a grado de maestro; y, cincuenta y cuatro (54) programas de pregrado desistidos declarados para efectos de grados y títulos, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1, Tabla 3 y Tabla 4 del Informe Complementario N° 027-2020-SUNEDU-02-12. IV. Sobre el Informe Técnico de Licenciamiento e Informe Complementario El 28 de febrero de 2020, la Dilic emitió el Informe Técnico de Licenciamiento N° 026-2020-SUNEDU-02-12 (en adelante, ITL), el cual concluyó con resultado desfavorable, iniciándose la tercera etapa del procedimiento de licenciamiento institucional. El 5 de marzo de 2020, se emitió el Informe Complementario N° 027-2020-SUNEDU-02-12 (en adelante, IC), el cual complementa el ITL, con base en la información presentada por la Universidad el 5 de marzo de 2020, como parte del Procedimiento de Licenciamiento Institucional. Tras el requerimiento del PDA y la evaluación de toda la información presentada por la Universidad a lo largo del procedimiento, incluyendo la presentada por la Universidad para acreditar el cumplimiento de la ejecución de su PDA y aquella recabada durante la DAP 2019, se realizó una evaluación integral del cumplimiento de las CBC, que comprende la pertinencia de la oferta académica existente, la consistencia de la Gestión Institucional Estratégica y la Política de Calidad, la sostenibilidad de la carrera docente, la consistencia de la política de investigación, la sostenibilidad de la infraestructura y equipamiento, la consistencia de acciones de seguimiento al estudiante y egresado, y la consistencia de la política de bienestar.Sobre la base de la evaluación contenida en el ITL y el IC, la Universidad no evidenció contar con instrumentos de plani fi cación que aseguren el cumplimiento de sus objetivos institucionales y con una gestión de la calidad que permita la mejora continua. Ello pues presenta inconsistencias con la asignación del presupuesto para la plani fi cación y la Dirección Universitaria de Acreditación de la Calidad Educativa, así como en la estructura de esta, lo que no garantiza que se realicen las actividades ni la continuidad del funcionamiento de la dirección. Acompañado de ello, no se presentó documentación que evidencie la ejecución de las actividades propuestas en el Plan de Gestión de la Calidad y su Plan Operativo Anual de Gestión del año 2019. Finalmente, no garantiza contar con normativa consistente que permita la titulación de los estudiantes de todos sus programas de estudio. Respecto de la infraestructura, se veri fi có que la Universidad no evidenció contar con espacios adecuados, donde se garantice la continuidad y disponibilidad del servicio, para el desarrollo de las prácticas en los programas de ingeniería. Además, donde actualmente se desarrolla las prácticas se pone en riesgo la seguridad e integridad física del alumno al no garantizan el seguimiento de protocolos de seguridad o identi fi cación de riesgos (al no contar con protocolos). Por otro lado, la Universidad no acreditó contar con una adecuada gestión referida a la plani fi cación y ejecución presupuestal de su plan de mantenimiento lo que no garantiza la preservación y cuidado de su infraestructura, equipamiento y mobiliario. En relación con la investigación, la Universidad no evidenció contar en su normativa con medidas para asegurar la observancia de la protección de la integridad cientí fi ca y desincentivar las malas conductas cientí fi cas. Ello pues el “Código de Ética para la Investigación” no tipifi ca faltas ni sanciones para casos de mala conducta cientí fi ca distinta al plagio. Respecto de los docentes, se identi fi có que la Universidad no evidenció contar con mecanismos que aseguren la mejora permanente de sus docentes. Ello pues las capacitaciones plani fi cadas, no responden a un diagnóstico sobre las competencias docentes, ni cuentan con un presupuesto consistente que asegure su desarrollado ni se articula a lo que planea desarrollar las facultades. Como consecuencia, no se evidencia que la ejecución realizada permita el cumplimiento de lo plani fi cado ni que se haya brindado capacitaciones de forma equitativa para los docentes de su Filial en relación a los de la Sede. Respecto a los servicios complementarios, no evidenció cumplir con la fi nalidad de la condición, debido a que no asegura la disponibilidad y sostenibilidad del servicio psicopedagógico y deportivo. Pues el personal con el que se cuenta no asegura que se brinde ambos servicios de forma continua y que estén disponibles para todos los estudiantes. 34 Los Programas de Complementación Curricular son aquellos diseñados y ejecutados por la Universidad en base a los Programas de Adecuación autorizados por la extinta Asamblea Nacional de Rectores, los cuales se encuentran actualmente en proceso de cierre. Asimismo, cabe precisar que, de acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo N° 065-2019-SUNEDU/CD del 23 de mayo de 2019, establece que a partir del inicio del semestre 2019-I, las universidades deberán dejar de ofertar los “Programas universitarios no regulares” destinados a la obtención del grado de bachiller y del título de licenciado en educación, en consecuencia, no podrán convocar a nuevos procesos de admisión. 35 Ver Anexo 1, Tabla 1 del Informe Complementario N° 027-2020-SUNEDU-02-12. 36 Estatuto de la Universidad Artículo 76 Son atribuciones de la Asamblea General de Asociados: (…) 76.14) Acordar la creación, fusión y supresión de facultades, escuelas, departamentos académicos, Institutos y centros de investigación, unidades académicas de posgrado y pregrado con arreglo a ley. 37 Cabe precisar que, del total, cuarenta y siete (47) programas cuentan con estudiantes pendientes de la emisión de grados y títulos; y siete (7) programas de pregrado, la Universidad no precisa el número fi nal de estudiantes pendientes de emisión de dicho grado y título.