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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2020 (08/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de julio de 2020 / El Peruano garantizando el derecho a acceder a una educación en cumplimiento de las CBC. Los artículos 5 y 6 de la citada norma establecen que el proceso de cese se inicia con la noti fi cación de la resolución del Consejo Directivo que dispone la denegatoria o cancelación de la licencia institucional, y concluye con el cese total y de fi nitivo de la prestación del servicio. Por ello, la universidad en proceso de cese se encuentra impedida de convocar nuevos procesos de admisión o de cualquier otra modalidad destinada a admitir o matricular nuevos estudiantes. Asimismo, los artículos 7 y 8 de la misma norma defi nen el cese de actividades como un proceso de carácter progresivo, cuyo plazo no debe exceder de dos (2) años contados a partir del semestre siguiente a la fecha de noti fi cación de la resolución de denegatoria, por lo cual las universidades en proceso de cese se encuentran impedidas de interrumpir de manera unilateral la prestación del servicio educativo. El Reglamento de Cese, basándose en los principios de interés superior del estudiante, continuidad de estudios y calidad académica, establece obligaciones para las universidades en proceso de cese; a su vez, dispone que la supervisión de dicho proceso se encontrará a cargo de la Disup. II. Antecedentes del procedimiento de licenciamiento institucional de la Universidad Mediante Ley de Creación N° 25213 del 29 de mayo de 1990, fue creada la Universidad bajo la denominación de “Universidad Particular de Iquitos”, con sede en la ciudad de Iquitos, con siete (7) carreras profesionales: Economía, Administración, Contabilidad, Ingeniería Civil, Derecho, Ciencias de la Comunicación y Obstetricia. Posteriormente, mediante la Resolución N° 120-2009-CONAFU del 11 de marzo de 2009 se modi fi có la denominación por el de “Universidad Cientí fi ca del Perú”. Mediante Resolución N° 778-92-ANR del 30 de noviembre de 1992, la Asamblea Nacional de Rectores – ANR, en vías de regularización, autorizó el inicio de las actividades académicas de la Universidad y por Resolución N° 1522-2003-ANR del 1 de julio de 2003, se declaró formalmente concluido el proceso de institucionalización de la Universidad, al haber constituido sus órganos de gobierno y elegido sus autoridades. El 2 de febrero de 2017, la Universidad presentó su SLI 5, adjuntando la documentación y los formatos correspondientes, con cargo a revisión, en un total de cuatro mil cuatrocientos cuarenta y ocho (4 448) folios, con la fi nalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Licenciamiento para Universidades Públicas o Privadas con Autorización Provisional o De fi nitiva, vigente a dicha fecha. Mediante O fi cio N° 088-2017/SUNEDU-02-12 del 11 de abril de 2017, se noti fi có a la Universidad el Anexo de Observaciones N° 036-2017-SUNEDU/DILIC-EV del 7 de abril de 2017 efectuadas a su SLI, otorgándosele un plazo de diez (10) días hábiles para presentar la información que subsane las observaciones detalladas en el referido ofi cio. El 27 de abril de 2017, mediante O fi cio N° 21-2017-R-UCP 6, la Universidad solicitó prórroga del plazo para subsanar las observaciones. En razón a ello, mediante O fi cio N° 243-2017/SUNEDU-02-12 del 8 de mayo de 2017, la Dilic concedió la prórroga por un plazo de diez (10) días hábiles adicionales al inicialmente otorgado. Mediante Carta s/n 7 del 30 de abril de 2017, la Universidad presentó información complementaria a su SLI, contenida en seis mil doscientos setenta y cuatro (6274) folios. En razón a ello, la Dilic a través del O fi cio N° 348-2018/SUNEDU-02-12 del 9 de mayo de 2018 noti fi có a la Universidad la suspensión del cómputo del plazo del procedimiento, por el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles. A través del O fi cio N° 42-2017-R-UCP 8 del 22 de mayo de 2017, la Universidad presentó documentación con la fi nalidad de levantar las observaciones realizadas, en dos mil cuatrocientos dieciséis (2416) folios; y, a través del O fi cio N° 45-2017-R-UCP del 25 de mayo de 2017, presentó información complementaria a la SLI, contenida en tres mil ochocientos cincuenta y seis (3 856) folios. El 8 de junio de 2018, la Dilic emitió el Informe de Revisión Documentaria N° 096-2018-SUNEDU/DILIC-EV (en adelante, IRD) con resultado favorable, respecto de cuarenta y dos (42) indicadores exigibles a la Universidad. En ese sentido, mediante O fi cio N° 483-2018/ SUNEDU-02-12 del 13 de junio de 2018, se comunicó a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria y el inicio de la etapa de veri fi cación presencial, informando que la visita correspondiente se llevaría a cabo del 26 al 28 de junio de 2018 9 y del 2 al 6 de julio de 201810, así como la conformación de la Comisión de Veri fi cación a cargo. Al respecto, mediante o fi cio N° 033-2018-R-UCP11 del 18 de junio de 2018, la Universidad comunicó su conformidad con la programación de la visita de veri fi cación presencial, así como la relación de funcionarios que brindarían la información y el acceso a las instalaciones de la Universidad. En las fechas programadas, se realizó la visita de veri fi cación presencial en los locales declarados por la Universidad como conducentes a grado académico 12; así como aquellos donde se ofrecen los servicios complementarios, recabándose información complementaria y actualizada, contenida en cuatro mil novecientos ochenta y cinco (4 985) folios. El 11 de julio de 2018, a través de los O fi cios N° 40-2018-R-UCP y 41-2018-R-UCP y el 12 de julio de 2018, mediante O fi cio N° 43-2018-R-UCP13, la Universidad presentó, tres mil novecientos treinta y un (3 931) folios en total, documentación complementaria a la recabada durante la visita de veri fi cación presencial. El 26 de julio de 2018, la Dilic emitió el Informe de Verifi cación Presencial N° 130-2018-SUNEDU-DILIC-EV, el cual concluyó con resultado desfavorable respecto de treinta y siete (37) indicadores 14 de los cuarenta y tres (43) evaluados en esta etapa, en tanto no se veri fi có el cumplimiento de las CBC. El 14 de agosto de 2017, mediante O fi cio N° 351-2017-SG-UCP, la Universidad solicitó la incorporación de programas de maestrías y doctorados 15, en la relación de programas autorizados publicados en el portal web de la Sunedu. En atención a dicho requerimiento, la Dilic mediante O fi cio N° 615-2017/SUNEDU-02-12, indicó que dicha relación se encuentra comprendida en la SLI presentada por la Universidad, las mismas que han 5 RTD N° 002928-2017-SUNEDU-TD. 6 RCD N° 14409-2017-SUNEDU-TD. 7 RTD N° 19495-2018-SUNEDU-TD. 8 RTD N° 17399-2017-SUNEDU-TD y RTD N° 17806-2017-SUNEDU-TD. 9 Dos (2) locales en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto. 10 Dos (2) locales en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín. 11 RTD N° 26994-2018-SUNEDU-TD. 12 Re fi ere a los locales ubicados en: Jr. Martínez de Compagnon N° 933 (F01L01) y en la Av. Leoncio Prado N° 1070, vía Sambaray s/n (F01L02), ambos en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín (del 26 al 28 de junio de 2018); y en Av. Abelardo Quiñones s/n Km. 2.5 (SL01) y en Rio Alto Itaya Caserío Luz del Oriente Av. El Sol N° 356 (SL02), ambos en el distrito de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto (2 al 6 de julio de 2018). 13 RTD N° 30275-2018-SUNEDU-TD, 30277-2018-SUNEDU-TD y 30459-2018-SUNEDU-TD, respectivamente. 14 Los indicadores con resultado desfavorable en la etapa veri fi cación presencial son: 2, 4, 7, 8, 17, 19, 20, 21, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 50, 51, 52, 53 y 55. 15 La lista de los programas es la siguiente: (i) Maestría en Finanzas, (ii) Maestría en Auditoría, (iii) Maestría en Ciencias de la Educación, Mención en Educación Intercultural Bilingüe, (iv) Maestría en Ciencias, Mención en Comunicación Digital, (v) Maestría en Arquitectura, Mención en Arquitectura sostenible, (vi) Maestría en Ingeniería, Mención en Seguridad y Salud en la Construcción, (vii) Maestría en Ingeniería Ambiental, (viii) Maestría en Salud Pública, Mención en Gerencia de Servicios y Promoción de la Salud, (ix) Maestría en Obstetricia, Mención en Salud Sexual y Reproductiva, (x) Maestría en Sicología, Mención en Sicología Clínica y Social Comunitaria, (xi) MBA Maestría en Administración, (xii) Doctorado en Filosofía, Ciencias de las Organizaciones; y, (xiii) Doctorado en Ciencias de la Educación.