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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2020 (09/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 9 de julio de 2020 El Peruano / Que, el Decreto Legislativo N° 958, en sus artículos 16°, 17° y 18°, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, por Decreto Supremo N° 012-2019-JUS, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, quedando establecido que la implementación del citado Código, entrará en vigencia en el Distrito Fiscal de Lima Sur, el 01 de julio del año en curso. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 22-2020-MP-FN-JFS y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 724-2020-MP-FN, ambas de fecha 23 de junio de 2020, se dictaron las disposiciones sobre la organización Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima Sur, a fi n de adecuarlo para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose despachos y plazas fi scales, así como fortaleciéndose y convirtiéndose despachos en dicho Distrito Fiscal; los mismos que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán con el Nuevo Código Procesal Penal, a partir del 01 de julio de 2020. Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2020-JUS, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de julio de 2020, se dispuso suspender la Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal y en consecuencia se modi fi có el Calendario O fi cial, quedando establecido que en los Distritos Fiscales de Lima Sur y Lima Centro entrará en vigencia el 01 de diciembre de 2020. Que, a través de los o fi cios Nros. 1403, 1418 y 1474-2020-MP-FN-PJFSLIMASUR, de fechas 28 y 29 de junio y 06 de julio de 2020, respectivamente, la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, eleva las propuestas para cubrir plazas de Fiscal Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur; y, Fiscales Adjuntos Provinciales para los Despachos de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos, Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores, Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo – Lima Sur, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa María del Triunfo, Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador, Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador y Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lurín, solicitando que se les destaque a la Presidencia a su cargo, con la fi nalidad de que, presten apoyo al plan de descarga requerido en el Distrito Fiscal de Lima Sur, en el marco de la próxima implementación del Nuevo Código Procesal Penal. Que, mediante o fi cios Nros. 940 y 987-2020-MP- FN-GG-OGPLAP, de fechas 03 y 07 de julio de 2020, respectivamente, suscritos por Mary Del Rosario Jessen Vigil, Gerenta de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, informa que según los cuadros de la desagregación del presupuesto autorizado remitido por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para el Distrito Fiscal de Lima Sur se tiene previsto la designación de 01 Fiscal Superior, 05 Fiscales Adjuntos Superiores, 16 Fiscales Provinciales y 80 Fiscales Adjuntos Provinciales, todos en la condición de provisional percibiendo una asignación por Gastos Operativos de acuerdo a los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 409-2017-EF; por lo que dicha O fi cina General opina que existe disponibilidad presupuestal para la designación de los fi scales provisionales antes señalados a partir del 1° de julio del presente año. En tal sentido, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente en el que se disponga los nombramientos, designaciones y destaques del personal fi scal que ocupen provisionalmente los referidos cargos, previa veri fi cación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado César Williams James Miranda Enriquez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur, con retención de su cargo de carrera. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Javier Manuel León Matallana, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos. Artículo Tercero.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Mira fl ores – Lima Sur, a las siguientes abogadas: • Lady Denís Medina Puchuri • Jhoana Edith Ravines Silva Artículo Cuarto.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Mira fl ores, a las siguientes abogadas: • Fiorella Yanin Valcárcel Gutiérrez • Daniela Morales Ramírez Artículo Quinto.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolas en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa María del Triunfo – Lima Sur, a las siguientes abogadas: • María Soledad Quispe Osorio, con reserva de su plaza de origen • Mirella Del Socorro Quiroz Feijoó Artículo Sexto.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa María del Triunfo, a los siguientes abogados: • Luis Alberto Gonzales Villalba • Luis Arnold Monteagudo Espinoza• Arturo Shupingahua Mercedes Artículo Séptimo.- Nombrar al abogado Jhon Williams Enciso Timoteo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Villa El Salvador. Artículo Octavo.- Nombrar a la abogada Liliana Sandy Palomino Challco, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador. Artículo Noveno.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Sur,