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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (04/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Jueves 4 de junio de 2020 / El Peruano Acción Distrital de Seguridad Ciudadana se alinea al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana.”; asimismo, el sub numeral 7.1.3. del numeral 7.1 señala que “La Secretaría Técnica del COPROSEC brinda asistencia técnica a la Secretaria Técnica del CODISEC y la acompaña durante el proceso del diseño, formulación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana; a través de la plataforma de información para el SINASEC.”, asimismo, la señalada Directiva establece en sus numerales 7.4 y 7.5 que la Secretaría Técnica remite la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana para su validación a la Secretaria Técnica del COPROSEC, quien mediante Informe Técnico comunica el resultado de la evaluación, precisando si es apto para la implementación, el Presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal la aprobación del mismo; quienes aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) mediante Ordenanza; Que, mediante Memorando Nº 124-2020-GSCV/MVES, el Gerente de Seguridad Ciudadana y Vial, en su calidad de Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa el Salvador – CODISEC adjunta el Informe Técnico Nº 048-2020-GSCV/MVES, mediante el cual informa que vía correo electrónico se cumplió con enviar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020, al Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana (CORESEC LM), posteriormente, mediante O fi cio Nº 021-2020-MML-GSGC- ATCSC, la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana (CORESEC LM) informa a la Municipalidad de Villa El Salvador, que con Informe Técnico Nº 021-2020-MML-ST-CORESEC-LM-EPP.OPT, el mismo que evalúa el diseño y formulación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC de Villa El Salvador 2020, se ha declarado que dicho Plan se encuentra apto para su implementación, siendo que dicho documento se ajusta a lo establecido en la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC, Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los planes de acción distrital de seguridad ciudadana, aprobado por Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, por lo que, remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020 así como la Matriz de Actividades y Presupuestal aprobado por el CODISEC, a fi n de ser aprobada por el Concejo Municipal; Que, la Unidad de Presupuesto mediante Memorando Nº 225-2020-UP-OPP/MVES precisa respecto de la matriz adjuntada al Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020, que el costo de las acciones y/o tareas contenidos en dicha matriz, está considerado en el Presupuesto Institucional de Apertura del año fi scal 2020 de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, en el marco del Programa Presupuestal 0030 “Reducción de Delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana” y sus actividades: 1) patrullaje por sector y 2) Comunidad organizadas a favor de la ciudadanía; Que, mediante Informe Nº 52-2020-UPEM-OPP/ MVES la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización teniendo en consideración lo señalado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, informa que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020, se encuentra alineado a los Objetivos Estratégicos Institucionales OEI.2: Mejorar la Transitabilidad peatonal en el distrito y OEI.5: Reducir la victimización por hogares en el distrito, asimismo, alineados con los Objetos Estratégicos OE.2: Incrementar el nivel de Seguridad Ciudadana y OE.6: Incrementar la conectividad y seguridad urbana, así como también al Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC); Que, con Informe Nº 189-2020-OAJ/MVES la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal precisando que procede legalmente aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020 mediante Ordenanza Municipal, por cuanto obedece a la necesidad de contar con un Instrumento de Gestión Interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una optica integral, multisectorial, dentro del marco de las políticas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, esto al amparo el artículo 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, modi fi cado con el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-2019, del sub numeral 7.6.2 del numeral 7.6 del Anexo 3: Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC –“Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los planes de acción distrital de seguridad Ciudadana” aprobada con Resolución Ministerial Nº 2056- 2019-IN, así como lo previsto en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Memorando Nº 406-2020-GM/MVES la Gerencia Municipal, remite a la O fi cina de Secretaría General, los actuados administrativos respecto a la aprobación del “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Villa El Salvador 2020”, a fi n de ponerlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con lo establecido en el numeral 14.20 del artículo 14º del Texto Íntegro del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 419-MVES, que establece como función administrativa y ejecutora de la Gerencia Municipal, entre otras la de: “Proponer al/la alcalde/sa, aquellos temas que requieran ser incluidos en la agenda de las sesiones del Concejo Municipal”; Estando a lo expuesto y al Dictamen Nº 002-2020-CSCV-MVES de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Vial, en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por Mayoría, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE VILLA EL SALVADOR 2020 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE VILLA EL SALVADOR 2020, el mismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial y Subgerencias dependientes, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza y su presentación ante la Secretaría Técnica del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana - COPROSEC, dentro de los plazos establecidos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación de la misma y su anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1867291-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a lostributos municipales administrados y/o recaudados por la Municipalidad y modifica la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2020 ORDENANZA Nº 297-MVMT Villa María del Triunfo, 29 de mayo de 2020