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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (26/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 / El Peruano a) No deben aplicar lo dispuesto en el ítem ii) del cuadro que obra en el párrafo 1.1 del artículo único de la Resolución de Superintendencia Nº 239-2018/SUNAT. b) Están obligados a utilizar el SEE - OSE y/o el SEE - SOL a partir del 1 de enero de 2021. 2.2 Para efectos del cálculo de los ingresos anuales a que se re fi ere el párrafo 2.1 y la obligación de utilizar el SEE - OSE y/o el SEE - SOL a que alude el inciso b) de dicho párrafo, se aplican los párrafos 1.2 y 1.3 del artículo único de la Resolución de Superintendencia Nº 239-2018/SUNAT, respectivamente. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 1868906-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Designan Asesor de la Superintendencia Nacional de la SUNARP RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 084-2020-SUNARP/SN Lima, 25 de junio de 2020CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, es facultad del Superintendente Nacional designar, sancionar y remover al personal de con fi anza de la Sede Central de la Sunarp; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, a través del Informe Técnico Nº 096-2020-SUNARP/OGRH del 24 de junio de 2020, como responsable de la gestión de los recursos humanos en la Entidad, indica que realizó la veri fi cación de cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos para el cargo de con fi anza de Asesor de la Superintendencia Nacional y luego de la evaluación correspondiente, opina que el señor Luis Gabriel Benavides Manzanilla cumple con el per fi l establecido para el cargo en mención; Que, el cargo de con fi anza de Asesor de la Superintendencia Nacional se encuentra vacante y cuenta con disponibilidad presupuestal para su designación, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum Nº 553-2020-SUNARP/OGPP del 24 de junio de 2020, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con el Informe Nº 293-2020-SUNARP/OGAJ del 25 de junio de 2020, señala que corresponde emitir el acto de administración de designación y disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; con el visado de la Gerencia General, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Recursos Humanos y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designación. Designar, a partir del 01 de julio de 2020, al señor Luis Gabriel Benavides Manzanilla, en el cargo de confi anza de Asesor de la Superintendencia Nacional, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 1868907-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Aprueban ampliación del plan estratégico institucional, denominándose en adelante Plan Estratégico Institucional 2019 - 2023 de la Superintendencia Nacional de Salud RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 053-2020-SUSALUD/S Lima, 24 de junio de 2020VISTOS:El Informe N° 00213-2020/OGPP e Informe Técnico Nº 021-2020-SUSALUD/OGPP, ambos de fecha 24 de junio de 2020, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 00337-2020/OGAJ, de fecha 24 de junio de 2020, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9 de la Ley Marco del Aseguramiento Universal en Salud, Ley N° 29344 se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ámbito de su competencia; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, y sus modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que las entidades del sector público elaboran un Plan Estratégico Institucional (PEI) y un Plan Operativo Institucional (POI), los cuales orientan su accionar para el logro de los objetivos establecidos en la política institucional en el marco de las políticas y planes nacionales y territoriales; el PEI es un instrumento de gestión que identi fi ca la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un