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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (26/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 / El Peruano el cumplimiento de las políticas de salud; b) Fortalecer el sector salud, mediante la organización y gestión e fi ciente del Instituto Nacional de Salud a favor de la salud pública en el país; c) Mejorar la vigilancia y prevención de enfermedades, brotes, endemias, epidemias y pandemias en el territorio nacional; d) Contribuir con el control de las enfermedades que afectan la vida de la población; y, e) Mejorar la investigación, desarrollo e innovación, y las tecnologías en salud con la participación de instituciones públicas, privadas y el sector académico; Que, asimismo, el numeral 20.2 del artículo 20 del Decreto Legislativo, referido a la Investigación e Innovación en Salud, señala que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), en coordinación con el INS, promueve la investigación e innovación en salud y realiza convocatorias de fondos concursables destinadas a fi nanciar las prioridades nacionales de investigación en salud, a través del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT), facilitando el desarrollo colaborativo de la investigación con la academia y otras instituciones de investigación; disponiendo a su vez, en la Octava Disposición Final Complementaría del citado cuerpo normativo, que el CONCYTEC diseña y aprueba, los procedimientos para la implementación de lo previsto en el numeral 20.2 del artículo 20 y de la mencionada disposición. Los lineamientos deben regular entre otros, las condiciones de fi nanciamiento para la implementación de lo previsto en dichas disposiciones; Que, por otro lado, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que el literal a) del artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC aprobado por el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, establece que es función de la Dirección de Políticas y Programas de CTI, diseñar y proponer a las instancias correspondientes las normas, reglamentos y directivas para el cumplimiento de los objetivos de la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 109-2017-CONCYTEC-P, se aprobó la Directiva N° 004-2017-CONCYTEC-DPP, “Directiva que regula el diseño, aprobación e implementación de los instrumentos fi nancieros diseñados por el CONCYTEC”, modi fi cada por la Resolución de Presidencia N° 044-2018-CONCYTEC-P (en adelante, la Directiva), cuya fi nalidad es estandarizar el contenido mínimo de los Instrumentos Financieros diseñados y aprobados por el CONCYTEC e implementados por el FONDECYT; Que, al respecto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mani fi esta que el numeral 4.1 de la Directiva, defi ne al Instrumento Financiero como la herramienta elaborada por el CONCYTEC que describe una lógica de intervención; la misma que operativiza las políticas y planes para el desarrollo de la CTI en el ámbito del territorio nacional. Son parte de la estructura del Instrumento: el análisis del problema, alineamiento con el Marco Institucional en CTI, los objetivos generales y especí fi cos, la población objetiva, la descripción de la intervención, las condiciones generales del fi nanciamiento y los indicadores; Que, asimismo, dicha O fi cina agrega que con Resolución de Presidencia N° 090-2019-CONCYTEC-P, se aprobó el Instrumento Financiero “Proyectos Especiales” con la fi nalidad de subvencionar propuestas de CTI de carácter especial que permita asegurar el cumplimiento de oportunidades únicas que tengan un valor crítico para los involucrados y que ofrezcan altas externalidades para la sociedad peruana; Que, en ese contexto normativo, mediante el Informe Técnico N° 001-2020-FONDECYT-DE/AS de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica –FONDECYT, el Informe N° 018-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT-RMSP y el Proveído N° 140-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas de CTI, se presenta la Directiva denominada “Directiva que regula el Procedimiento Especial para fi nanciar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504”, para su aprobación; Que, conforme a lo indicado por la Dirección de Políticas y Programas de CTI a través de los informes del visto, el proyecto de directiva tiene por objetivo establecer el procedimiento especial para realizar convocatorias de fondos concursables, destinados a fi nanciar las prioridades nacionales de investigación en salud que establece el Instituto Nacional de Salud (INS), a través del FONDECYT, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N°1504; Que, mediante Informe N° 062-2020-CONCYTEC- OGA-OF, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración, esta O fi cina emite opinión respecto de la Directiva denominada “Directiva que regula el Procedimiento Especial para fi nanciar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504”, y alcanza cometarios y sugerencias que han sido consideradas por el área proponente. Que, mediante Informe N° 013-2020-CONCYTEC- OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable sobre el proyecto de Directiva denominada “Directiva que regula el Procedimiento Especial para fi nanciar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504”, validado por la Dirección de Políticas y Programas de CTI, en el marco de las competencias funcionales establecidas en el ROF del CONCYTEC; asimismo, señala que el referido proyecto cumple con la estructura, contenido y criterios dispuestos por la Directiva N° 001-2020-CONCYTEC-SG “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación de directivas en el Pliego CONCYTEC”, por lo que opina que la propuesta presentada es conforme, recomendando su aprobación; Que, mediante Informe Nº 046-2020-CONCYTEC- ETAJ-UEFONDECYT-DAHB que cuenta con la respectiva conformidad a través del Proveído N° 239-2020-CONCYTEC-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto del proyecto de Directiva indicado, en tanto se encuentra enmarcado en lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades y en la Directiva N° 001-2020-CONCYTEC-SG; Que, en tal sentido corresponde aprobar el Directiva denominada “Directiva que regula el Procedimiento Especial para fi nanciar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504”; Con la visación de la Secretaria General (e); de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Jefa de la O fi cina General de Administración; del Director de Políticas y Programas de CTI; del Subdirector de Ciencia, Tecnología y Talentos; del Director Ejecutivo del FONDECYT; y del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; la Resolución de Presidencia N° 109-2017-CONCYTEC-P, que aprobó la Directiva N° 004-2017-CONCYTEC-DPP, “Directiva que regula el diseño, aprobación e implementación de los instrumentos fi nancieros diseñados por el CONCYTEC” modi fi cada por la Resolución de Presidencia N° 044-2018-CONCYTEC-P; y la Resolución de Presidencia N° 090-2019-CONCYTEC-P, que aprobó el Instrumento Financiero “Proyectos Especiales”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Directiva que regula el Procedimiento Especial para fi nanciar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.