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23 NORMAS LEGALES Viernes 26 de junio de 2020 El Peruano / ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Designan Directora Nacional de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00018-2020/CEPLAN/PCD Lima, 25 de junio de 2020CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico constituyendo como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme al artículo 31° del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico es el órgano técnico normativo responsable del proceso de planeamiento estratégico y de coordinación con los órganos integrantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, el sector privado y la sociedad civil, el cual depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva; Que, el Cuadro de Asignación de Personal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN, aprobado por Resolución Suprema Nº 191-2010-PCM de fecha 17 de agosto de 2010, y su modi fi catoria, contiene el cargo de Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico; Que, por convenir al servicio institucional, corresponde designar a la persona que ocupe el cargo de Director Nacional de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Con el visto del Director Ejecutivo, del Jefe de la O fi cina General de Administración y de la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR a la señora DAISY HEIDINGER ZEVALLOS en el cargo de Directora Nacional de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN. Artículo 2°.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico: www.ceplan.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1868901-1CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban la “Directiva que regula el Procedimiento Especial para financiar prioridades nacionales de investigación en salud en el marco del Decreto Legislativo N° 1504” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 052-2020-CONCYTEC-P Lima, 15 de junio de 2020VISTO: El Informe Técnico N° 001-2020-FONDECYT- DE/AS de la Dirección Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica –FONDECYT, Informe N° 018-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT-RMSP y el Proveído N° 140-2020-CONCYTEC-DPP-SDCTT de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas de CTI; el Informe N° 013-2020-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 062-2020-CONCYTEC-OGA-OF, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Administración y; el Informe Nº 046-2020-CONCYTEC-ETAJ-UEFONDECYT-DAHB, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Proveído N° 239-2020-CONCYTEC-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía cientí fi ca, técnica, económica, administrativa y fi nanciera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (en adelante Ley Marco); en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), y en la Ley N° 30806, que modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, y en los Decretos Supremos N° (s) 058-2011-PCM y 067-2012-PCM; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que el artículo 9 de la Ley Marco, estipula que el CONCYTEC es el organismo rector del Sistema, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica. Su presidente dirige el SINACYT y es responsable de la política nacional de CTI; mientras que el literal h) del artículo 11° señala que son funciones del CONCYTEC el “Promover la articulación de la investigación cientí fi ca y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país”; Que, la citada O fi cina indica que a través del Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades (en adelante Decreto Legislativo), se dictó medidas que fortalecen al Instituto Nacional de Salud (INS) y la rectoría del Ministerio de Salud para la prevención y control de las enfermedades, a fi n de mejorar la salud pública, promover el bienestar de la población y contribuir con el desarrollo sostenible del país, estableciendo como fi nalidad, los siguientes aspectos: a) Fortalecer el Sistema Nacional de Salud para asegurar la articulación intra e intersectorial, intergubernamental, de las entidades públicas y privadas, y de la población para