Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2020 (07/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de marzo de 2020 /

El Peruano

MC, de fecha 06 de febrero de 2020, a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 0042019-JUS, establece que el acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser notificados al administrado conjuntamente con el acto administrativo"; Que, mediante Informe N° 000149-2020-DSFL/MC, de fecha 27 de febrero de 2020, sustentado en el Informe N° 000009-2020-DSFL-MMP/MC, de fecha 26 de febrero de 2020, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Huaca San Francisco"; Que, mediante Informe Nº 000076-2020-DGPA-LRS/MC, de fecha 03 de marzo de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomendó emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico "Huaca San Francisco"; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0112006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCICMC; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico "Huaca San Francisco", ubicado en el distrito de San José, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque. De acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV007-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 17 Sur Coordenadas de 9255222.0212 N

Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, así como en los Informes N° 000009-2020-DSFL-MMP/MC y N° 000149-2020DSFL/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especificado en el artículo precedente, la paralización de toda acción de excavación, remoción y nivelación de terreno, el anclaje de hitos en cada uno de los vértices e instalación de paneles y/o muros de señalización que indiquen el carácter intangible del Sitio Arqueológico "Huaca San Francisco". Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San José, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, el Informe N° 000009-2020-DSFLMMP/MC, el Informe N° 000149-2020-DSFL/MC, el Informe Nº 000076-2020-DGPA-LRS/MC, y el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-007-MC_ DGPA-DSFL-2020 WGS84, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.

referencia:

618345.7720

E;

Cuadro de Datos Técnicos SITIO ARQUEOLÓGICO "HUACA SAN FRANCISCO" Vértice 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 Lado 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9 - 10 10 - 11 11 - 12 12 - 13 13 - 14 14 - 1 TOTAL Distancia 11.11 20.88 12.07 25.84 40.16 12.43 26 24.08 16.02 14.24 40.2 19.92 13.51 10.51 286.98 Ángulo interno 151°11'13" 183°4'46" 135°41'5" 165°14'6" 152°10'14" 134°9'16" 153°24'7" 150°37'54" 188°58'16" 132°40'57" 130°29'10" 162°44'25" 186°8'20" 133°26'11" 2160°0'0" Este (X) 618429.9910 618428.4440 618426.6500 618417.5090 618394.2820 618354.1430 618345.7720 618338.7260 618344.4070 618345.7130 618356.9350 618396.3310 618413.7910 618426.2580 Norte (Y) 9255181.4860 9255192.4900 9255213.2980 9255221.1770 9255232.5020 9255231.2150 9255222.0210 9255196.9890 9255173.5930 9255157.6260 9255148.8580 9255156.8790 9255166.4650 9255171.6620

LUIS FELIPE MEJIA HUAMÁN Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1862069-1

DEFENSA
Aprueban Llamamientos Ordinarios correspondientes al año 2020, en fechas que determine la Marina de Guerra del Perú, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo, del personal de Clase 2002 y clases anteriores, los que se realizarán en la modalidad de Acuartelado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0249 DE/MGP Lima, 4 de marzo del 2020 Visto, el Oficio N° 0671/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de febrero del 2020;

Área: 5986.92 m2 (0.5987 ha); Perímetro: 286.98 m.

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