TEXTO PAGINA: 20
20 NORMAS LEGALES Sábado 7 de marzo de 2020 / El Peruano MC, de fecha 06 de febrero de 2020, a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000149-2020-DSFL/MC, de fecha 27 de febrero de 2020, sustentado en el Informe N° 000009-2020-DSFL-MMP/MC, de fecha 26 de febrero de 2020, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC y, en consecuencia, recomienda la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico “Huaca San Francisco”; Que, mediante Informe Nº 000076-2020-DGPA-LRS/MC, de fecha 03 de marzo de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomendó emitir resolución directoral que determine la protección provisional del Sitio Arqueológico “Huaca San Francisco”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico “Huaca San Francisco”, ubicado en el distrito de San José, provincia de Lambayeque, departamento de Lambayeque. De acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV- 007-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: Datum: WGS84 Proyección: UTM Zona UTM: 17 Sur Coordenadas de referencia: 618345.7720 E; 9255222.0212 N Cuadro de Datos Técnicos SITIO ARQUEOLÓGICO “HUACA SAN FRANCISCO” Vértice Lado Distancia Ángulo interno Este (X) Norte (Y) 1 1 - 2 11.11 151°11’13” 618429.9910 9255181.4860 2 2 - 3 20.88 183°4’46” 618428.4440 9255192.49003 3 - 4 12.07 135°41’5” 618426.6500 9255213.2980 4 4 - 5 25.84 165°14’6” 618417.5090 9255221.1770 5 5 - 6 40.16 152°10’14” 618394.2820 9255232.50206 6 - 7 12.43 134°9’16” 618354.1430 9255231.2150 7 7 - 8 26 153°24’7” 618345.7720 9255222.0210 8 8 - 9 24.08 150°37’54” 618338.7260 9255196.98909 9 - 10 16.02 188°58’16” 618344.4070 9255173.5930 10 10 - 11 14.24 132°40’57” 618345.7130 9255157.6260 11 11 - 12 40.2 130°29’10” 618356.9350 9255148.8580 12 12 - 13 19.92 162°44’25” 618396.3310 9255156.8790 13 13 - 14 13.51 186°8’20” 618413.7910 9255166.4650 14 14 - 1 10.51 133°26’11” 618426.2580 9255171.6620 TOTAL 286.98 2160°0’0” Área: 5986.92 m2 (0.5987 ha); Perímetro: 286.98 m.Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, así como en los Informes N° 000009-2020-DSFL-MMP/MC y N° 000149-2020-DSFL/MC, y en el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, la paralización de toda acción de excavación, remoción y nivelación de terreno, el anclaje de hitos en cada uno de los vértices e instalación de paneles y/o muros de señalización que indiquen el carácter intangible del Sitio Arqueológico “Huaca San Francisco”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de San José, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 02-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, el Informe N° 000009-2020-DSFL-MMP/MC, el Informe N° 000149-2020-DSFL/MC, el Informe Nº 000076-2020-DGPA-LRS/MC, y el Plano Perimétrico con código de plano PPROV-007-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE MEJIA HUAMÁN Director GeneralDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1862069-1 DEFENSA Aprueban Llamamientos Ordinarios correspondientes al año 2020, en fechas que determine la Marina de Guerra del Perú, para la incorporación voluntaria al Servicio Militar en el Activo, del personal de Clase 2002 y clases anteriores, los que se realizarán en la modalidad de Acuartelado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0249 DE/MGP Lima, 4 de marzo del 2020Visto, el O fi cio N° 0671/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de febrero del 2020;