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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2020 (12/03/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Jueves 12 de marzo de 2020 / El Peruano de cañete una vez convocado el proceso, a fi n de quedar legitimados para promover la revocatoria o defender a la autoridad en proceso de revocación y serán reconocidos por resolución expresa de la autoridad electoral correspondiente, igualmente quedan obligados a rendir cuentas en las mismas condiciones referidas en el párrafo precedente. El funcionario que hubiese sido removido no puede volver a desempeñar el mismo cargo en los siguientes cinco años. El Alcalde Provincial de Cañete mediante resolución de alcaldía otorga las credenciales a las nuevas autoridades y ordena su registro en el libro de autoridades de municipalidad de centros poblados, comunicando de ello al Instituto nacional de estadística e informática (INEI). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De la vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete. Segunda.- Financiamiento La implementación de la presente ordenanza se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del pliego de la Municipalidad Provincial de Cañete, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Tercera.- Publicación de la ordenanza Encárguese a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, racionalización y estadística su publicación en el Portal Institucional: www.municanete.gob.pe/ DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Aplicación de la ordenanza Las elecciones de autoridades municipales de centros poblados de la provincia de cañete que se hallan convocado antes de la vigencia de la presente ordenanza continuarán aplicando la Ordenanza Nº 011-2007-MPC, hasta el término de su respectivo proceso electoral. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 1862699-1 Ordenanza que rectifica la Ordenanza Municipal N° 002-2019-MPC ORDENANZA Nº 037-2019-MPC Cañete, 24 de diciembre de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de diciembre de 2019, el Escrito de fecha 23 de agosto de 2019, el Sr. Martin de Jesús Montoya Marcilla, la Ordenanza Nº 02-2019-MPC de fecha 23 de enero de 2019, que aprobó el Certi fi cado de Zoni fi cación Nº 010-2019-SGOP-GODUR-MPC de fecha 13 de marzo de 2019, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo previsto en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la misma que señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica, en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, respecto a la recti fi cación de errores, debemos señalar que el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, determina que: “Los errores materiales o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, mediante Escrito de fecha 23 de agosto de 2019, el Sr. Martin de Jesús Montoya Marcilla, solicita se sirva recti fi car la Zoni fi cación Residencial de Densidad Media (R-4) que señala en la Ordenanza Nº 02-2019-MPC de fecha 23 de enero de 2019, que aprobó el Certi fi cado de Zoni fi cación Nº 010-2019-SGOP-GODUR-MPC de fecha 13 de marzo de 2019; Que, mediante Informe Nº 597-DYCH-SGOP-2019 de fecha 10 de setiembre de 2019, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, señala que se ha corroborado que técnicamente el administrado ha considerado ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA R-4, lo cual se desprende de sus planos y memoria descriptiva aprobada; por lo tanto, debe corregirse dicho dato otorgado mediante ordenanza municipal Nº 02-2019-MPC de fecha 23 de enero de 2019. Asimismo, señala que se deberá eliminar o anular el dato R-3, que no corresponde la aprobación de la Ordenanza Municipal, por lo que se concluye que se derive todo lo actuado a Secretaria General para dar respuesta a lo solicitado, en virtud de que se ha omitido información relevante de la Ordenanza Municipal Nº 02-2019-MPC de fecha 23 de enero de 2019, luego aclarar los certi fi cados de zoni fi cación otorgados por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete; Que, mediante Informe Legal Nº 480-2019-GAJ-MPC de fecha 17 de setiembre de 2019, el Abg. Riquelmer Amarildo Sandoval Peves – Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye: 1) Que, resulta procedente la recti fi cación del error material incurrido en la Ordenanza Nº 02-2019-MPC, conforme a las observaciones enunciadas por el Ing. Danta Javier Yaya Chumpitaz- Sub Gerente de Obras Privadas en su Informe Nº 597-DYCH-SGOP-2019; y 2) Que corresponde al Concejo Municipal acorde con el Art. 9, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el voto MAYORITARIO del Pleno de Concejo, aprobaron la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2019-MPC, DE FECHA 23 DE ENERO DE 2019 Artículo 1º.- RECTIFICAR LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2019-MPC, de fecha 23 de enero de 2019, quedando de la siguiente manera: Artículo 1º.- APROBAR la propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación, para el predio de propiedad del señor Martín de Jesús Montoya Marcilla, inscrito en la Partida Electrónica Nº 21258545 de la Ofi cina Registral de Cañete, que cuenta con un área de 90.00 Has., denominado Pampa Los Perros, ubicado a la altura del Km. 52 de la carretera de la Panamericana Sur, jurisdicción del distrito de Chilca, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, tomando en consideración los detalles descritos en el Informe Nº 1889-2018-GODUR-MPC; cuyos parámetros normativos son los que se indican: