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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2020 (09/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 9 de mayo de 2020 El Peruano / con el MINAGRI, como medio alternativo de abastecimiento de productos de canasta básica a la población fomentando precios accesibles al consumo en espacios, establecimientos o complejos deportivos de manera Temporal y por un plazo determinado controlando el cumplimiento de medidas de vigilancia Sanitaria, Bioseguridad, aforo y distanciamiento social respectivo, así como la búsqueda de alternativas de reordenamiento del Comercio Ambulatorio de Manera progresiva en terrenos y zonas que garanticen el cumplimiento de normas de salud y Salubridad tanto para comerciantes como compradores, debiendo establecer para dicho fin el Plan de Reordenamiento Integral de Comercio Ambulatorio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DISPONER el apoyo de las fuerzas del Orden y demás instituciones públicas para hacer cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza.Segunda.- DISPONER a la Gerencia de Desarrollo Económico Local, Sub Gerencia de Promoción Empresarial y comercialización, en coordinación con la Sub Gerencia de Salud y Sanidad la ejecución de acciones tendientes a la capacitación y especialización del personal municipal a cargo de las acciones de fi scalización y control sanitario preventivo, así como empresarios, comerciantes y trabajadores de dichos establecimientos y actividades económicas, a fi n de garantizar la e fi ciencia, e fi cacia y correcta aplicación de la presente norma. Tercera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde ANEXO I CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES LINEA DE ACCION 01: COMERCIALIZACION 1. ESTABLECIMIENTOS EN GENERALORGANO DE INSTRUCCIÓN:SUB GERENCA DE FISCALIZACIÓNUIT S/.4.300,00 COD. INFRACCION SANCIONMulta Expresa en %UIT ESCALAMEDIDA COMPLEMENTARIAMulta Expresa en S/. I II III IV V I II III IV V 1.1.29Por permitir el ingreso y estadía de personas (clientes) al establecimiento comercial y/o servicio, sin contar con la mascarilla, guantes y otras medidas de prevención para evitar la propagación del COVID 19.MULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 1.1.30Por no cumplir con el aforo máximo permitido que será del 50% del señalado en Certi fi cado ITSE. MULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 1.1.31Por no contar con a fi ches, avisos visibles a fi n de no permitir el ingreso de usuarios al establecimiento sinMascarillas y/o sin guantes, y/o no suministrar alcohol de 70º o alcohol gel (antisepsia de manos) al ingreso y salida de los mismos, a través de un dispensador o persona, para la desinfección de manos.MULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 1.1.32Por no implementar señalización personal con círculos de distanciamiento social en los pisos de un metro y medio (1.50 m) de separación entre cada uno de ellos al ingreso del establecimiento, a fi n de evitar aglomeración de usuarios y/o clientes.MULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 1.1.33Por desarrollar actividades comerciales y/ servicios fuera del horario establecido por las disposiciones municipales y/o normas legales emitidas por el Gobierno Nacional en el periodo de emergencia sanitaria.MULTA 50 % GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 1.1.34Por contravenir el orden de la clausura temporal durante el estado de Emergencia NacionalMULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150,00 6.3. RESIDUOS SOLIDOS - ORGANO DE INSTRUCCIÓN: GERENCIA DE SERVICIOS PÙBLICOS Y GESTIÒN AMBIENTAL COD INFRACCION SANCIONMulta Expresa en %UIT ESCALAMEDIDA COMPLEMENTARIAMulta Expresa en S/. I II III IV V I II III IV V 6.3.32Por no usar bolsas o medio de con fi namiento cerrado herméticamente y se origina vertidos.MULTA 50 % GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150.00 6.3.33Por la incorrecta manipulación de basura o residuos en vía pública o cualquier otra acción que deteriore el medio de con fi namiento y que pudiera dar origen a situaciones peligrosas de diseminación de contaminación.MULTA 50% GCLAUSURA TEMPORALS/ 2150.00 6.3.34Por no aplicar la Norma Técnica Peruana que establece el código de colores para los dispositivos de almacenamiento de residuos sólidos en instituciones públicas y privadas ( mercados, centros comerciales, etc), u/o en función de otras normas vigentes.MULTA 10% 20% 30% 50% 100% LCLAUSURA TEMPORAL S/. 430.00 S/.860.00 S/.1290.00S/.2150.00 S/.4300.00