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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2020 (11/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Lunes 11 de mayo de 2020 / El Peruano EDUCACION Designan Secretaria de Planificación Estratégica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2020-MINEDU Lima, 8 de mayo de 2020VISTOS, el Expediente Nº SPE2020-INT-0068696, el Informe Nº 00085-2020-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Secretaria de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando anterior; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora GABRIELA MARIA CARRASCO CARRASCO en el cargo de Secretaria de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1866217-1 PRODUCE Aprueban Norma Técnica Peruana y la Especificación Disponible Peruana respecto a Equipo médico eléctrico y Caja Protectora para intubar y extubar a pacientes RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2020-INACAL/DN Lima, 8 de mayo de 2020 VISTO: El acta de fecha 07 de mayo de 2020 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que el citado órgano de línea, a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, en concordancia con lo citado en el considerando precedente, el artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, prevé que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, así como aprobar las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, y su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de: Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, Textos a fi nes y otros documentos para la atención de la Emergencia Sanitaria (Covid 19), propone aprobar 01 Proyecto de Norma Técnica Peruana y 01 Proyecto de Especi fi cación Disponible Peruana; sustentando ello en el informe que fi gura en el expediente correspondiente; Que, mediante el Informe N° 007-2020-INACAL/ DN.PN de fecha 06 de mayo de 2020, la Dirección de Normalización señaló que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 026-2020; Que, con base en el informe del Comité Técnico de Normalización de Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, Textos a fi nes y otros documentos para la atención de la Emergencia Sanitaria (Covid 19), y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 088-2019-INACAL/PE, en sesión de fecha 07 de mayo del presente año, en el marco del Decreto de Urgencia N° 026-2020 y el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, acordó por unanimidad aprobar 01 Norma Técnica Peruana y 01 Especi fi cación Disponible Peruana; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la siguiente Norma Técnica Peruana y la Especi fi cación Disponible Peruana por los fundamentos expuestos en la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP-ISO 80601-2-12:2020 Equipo médico eléctrico. Parte 2-12: Requisitos particulares para la seguridad básica y rendimiento esencial de ventiladores para cuidado crítico. 1ª Edición EDP 100:2020 CAJA PROTECTORA PARA INTUBAR Y EXTUBAR A PACIENTES. Especi fi caciones técnicas para su construcción. 1 a Edición