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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 3 de noviembre de 2020 El Peruano / Que, por Resolución Suprema N° 124-2019- PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; Que, el artículo 3 de la citada Resolución Suprema establece que la mencionada Comisión Multisectorial está conformada, entre otros, por un/a representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien la preside; Que, el artículo 4 del referido dispositivo legal establece que la designación de los/las representantes titulares y alternos/as se realiza mediante resolución ministerial del sector que corresponda, debiendo noti fi carse dicho acto a este Ministerio, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de la publicación de la referida Resolución Suprema; Que, con Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA se designa al señor David Alfonso Ramos López, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, y al señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, Asesor II del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; Que mediante Resolución Suprema N° 003-2020-VIVIENDA, se acepta la renuncia del señor David Alfonso Ramos López al cargo de Viceministro de Vivienda y Urbanismo, por lo que en atención al documento del visto, es necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo Nº 012-2018-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023; y, la Resolución Suprema Nº 124-2019-PCM que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de su implementación; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA Modifícase el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 273-2019-VIVIENDA, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, a las siguientes personas: - El/La Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo, como titular. - Señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, Asesor II del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo, como alterno.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento 1899335-1Designan Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 074-2020-VIVIENDA/SG Lima, 2 de noviembre de 2020VISTO, el Informe Nº 82-2020-VIVIENDA/OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adelante la Ley, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 92 de la Ley establece que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; asimismo, señala que la secretaria técnica depende de la o fi cina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, el artículo 94 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, en adelante el Reglamento General, establece que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaria Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores; estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares; Que, asimismo, el numeral 8.1 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE y modi fi catoria, establece que la Secretaria Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario; está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que viene ejerciendo en la entidad o especí fi camente para dicho propósito; Que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa, conforme lo establece el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General; por lo que, conforme al artículo 18 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Secretaria General es la máxima autoridad administrativa de este Ministerio; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 010-2020-VIVIENDA/SG, se designa a la señora Grecia Carolina Campos Carrizales, como Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones como Especialista Legal en Derecho Administrativo y Procedimiento Disciplinario de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos de este Ministerio; Que, por Resolución de Secretaría General N° 055-2020-VIVIENDA/SG, se designa a la señora Olga Julia Valencia Cornejo, como Secretaria Técnica suplente de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adición a sus funciones como Especialista Legal de la O fi cina de Compensaciones